SIN INFORMACION

CONTRERAS/COMPIN

Rol

Fecha

8 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2°) Que los hechos descritos en la presentación de folio 1, atañen a un procedimiento administrativo que ha sido de conocimiento del Superintendencia de Seguridad Social, de manera que el asunto está sometido al imperio del derecho, existiendo autoridad competente ante la cual se podrán hacer las alegaciones y peticiones pertinentes, todo lo cual impide que esta acción tutelar pueda ser acogida a tramitación. 3°) Que, sin perjuicio de lo razonado precedentemente, de la presentación efectuada en estos autos, se desprende que su contenido excede las materias que pueden ser objeto del mismo atendida su naturaleza cautelar, puesto que la solicitud que se realiza abarca aspectos que demuestran que el objeto del recurrente es impugnar una norma legal, esto es, el artículo 2 de la Ley N° 20.585, y no ejercer una acción de protección en aras de la tutela de las garantías constitucionalmente protegidas. 4°) Que, a mayor abundamiento, se ha pronunciado sobre el particular la Excma. Corte Suprema en recursos de protección fundados en hechos semejantes, refiriéndose expresamente al plazo máximo legal que puede otorgar la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez al médico que extiende las licencias médicas, por ejemplo en los autos rol N° 14.247-2022. Y de conformidad, además, con lo señalado en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el interpuesto a folio 1. Archívese. N°Protección-13580-2023. (ccc)

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el interpuesto a folio 1. Archívese. N°Protección-13580-2023. (ccc)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago. Santiago, ocho de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitució

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