2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ESPINA Y OTROS CON SEGURIDAD AEROPORTUARIA AEROSEG SPA

Rol

Fecha

10 de agosto de 2023

Materia

PRESTACIONES

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, ante el juez de letras del trabajo, procede contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social, naturaleza jurídica que, en la especie, la resolución impugnada no comparte, desde que si bien se trata de una sentencia interlocutoria, pero no cumple las características ya referidas y no se pronuncia sobre medida cautelar alguna. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante a folio 5 el veintiocho de julio del presente, en contra de la resolución dictada el veintiséis de julio del año en curso por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-2641-2023.

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante a folio 5 el veintiocho de julio del presente, en contra de la resolución dictada el veintiséis de julio del año en curso por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-2641-2023.

Texto Completo (Preview)

cmos C.A. de Santiago Santiago, diez de agosto de dos mil veintitrés. A folio N°3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, ante el juez de letras del trabajo, procede contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liqu

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