SIN INFORMACION

COMERCIALIZADORA DEPLASVID LIMITADA CON TESORERÍA REGIONAL SANTIAGO SUR

Rol

Fecha

8 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que el apoderado de la ejecutada Comercializadora Desplavid Limitada deduce recurso de apelación contra la resolución de veintisiete de abril de dos mil veintitrés, dictada por la Tesorera Regional Santiago Sur, que rechazó el incidente de abandono del procedimiento interpuesto por su parte. Segundo: Que del mérito del expediente en formato digital se desprende que la presente causa corresponde a los autos administrativos en que se inició el cobro de obligaciones tributarias de varios contribuyentes, entre ellos, el recurrente, actuando como juez sustanciador el Tesorero Regional. Consta de dichos antecedentes, que el título invocado en contra del ejecutado, corresponde a la nómina de deudores morosos con vencimiento al 22 de septiembre de 2005, notificándose el respectivo requerimiento de pago y embargo el 12 de enero de 2006 Con fecha 17 de abril de 2023, el recurrente pide la declaración de abandono del procedimiento. La juez sustanciadora haciendo suyos los razonamientos dados por el abogado del Tesorería, en su informe de rigor, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 190 del Código Tributario, desestimó dicha solicitud porque “… siendo el abandono de procedimiento una sanción que la ley impone a las partes, dicha institución no tiene cabida en esta etapa, ya que Ni el Juez Sustanciador, ni el Abogado tiene el carácter de representante judicial del Fisco, es decir, de “partes” en ella, siendo improcedente decretarlo sobre la base de determinada inactividad ocurrida durante el período o etapa administrativa de este procedimiento, porque en dicho estadio la inactividad solo puede ser atribuible a los funcionarios a cargo de la tramitación, de modo que estimar lo contrario, se vulneraría la verdadera naturaleza jurídica de este procedimiento confundiendo la etapa administrativa con la jurisdiccional civil…” Tercero: Que la tesis sostenida en la resolución precedente se contrapone con lo sostenido por la jurisprudencia en forma reiterada, en

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 2, 152 y siguientes, y 186 y siguientes, del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintisiete de abril del año en curso, dictada por la Tesorera Regional Santiago Sur en la causa Rol 550-2005 y se declara que se acoge el incidente de abandono del procedimiento planteado. Devuélvase. N°Tributario Y Aduanero-38-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de San Miguel San Miguel, ocho de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Primero: Que el apoderado de la ejecutada Comercializadora Desplavid Limitada deduce recurso de apelación contra la resolución de veintisiete de abril de dos mil veintitrés, dictada por la Tesorera Regional Santiago Sur, que rechazó el incidente de abandono del procedimiento interpuesto por su parte. Segundo: Que del mé

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