SIN INFORMACION

LENA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES (CALVO CARDONA)

Rol

Fecha

8 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece don Jorge Lena Salgado, abogado, en favor de doña Yenny Lorena Calvo Cardona, de nacionalidad colombiana, e interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de visa sujeta a contrato por cambio de empleador, efectuada con fecha 14 de mayo de 2021, al impedir dicha el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la ley N° 19.880. Señala que la recurrente ingresó de manera legal al país y habiendo efectuado su solicitud visa sujeta a contrato a la fecha han transcurrido más de 1 año, sin haber recibido ninguna respuesta por parte de la recurrida, situación que la ha mantenido en una constante preocupación e incertidumbre, por lo que dicha demora implica una inestabilidad emocional y un estado de indefensión. Destaca que cobra especial relevancia lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, debiendo recalcar el artículo 7 y 27, al consagrar el principio de celeridad, esto es, que el procedimiento sometido al criterio de celeridad, se impulsará de oficio en todos sus trámites. Añade dicha norma, que las autoridades y funcionarios de los órganos de la Administración del Estado deberán actuar por propia iniciativa en la iniciación del procedimiento de que se trate y en su prosecución, haciendo expeditos los trámites que debe cumplir el expediente y removiendo todo obstáculo que pudiere afectar a su pronta y debida decisión. Asimismo, y en concordancia con lo anterior, el artículo 9, se refiere al Principio de Economía Procedimental, estableciendo que la Administración debe responder a la máxima economía de medios con eficacia,

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República de Chile y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Yenny Lorena Calvo Cardona. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-75826-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, ocho de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece don Jorge Lena Salgado, abogado, en favor de doña Yenny Lorena Calvo Cardona, de nacionalidad colombiana, e interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de vi

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