MINISTERIO PUBLICO C/ JEAN PAUL ORELLANA MENDEZ
Rol
Fecha
8 de agosto de 2023
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que la defensa de la imputada Nicole Andrea Avaria Carreño, se ha alzado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva a su respecto, quien se encuentra formalizada como autora del delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades del artículo 4° en relación al artículo 1° de la ley 20.000, cuestionando los presupuestos de las letras b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal y ha solicitado se revoque la prisión preventiva y se decrete en su reemplazo la medida de privación de libertad total en su casa o la que se estime pertinente. 2°.- Que, ahora bien, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, fluye que, hasta ahora, concurre el presupuesto material relativo a la participación, teniendo presente para ello que rola parte policial de la Primera Comisaría de Concepción de fecha 30 de julio del año en curso, en el cual consta la declaración de los funcionarios aprehensores, que indican que la encausada conjuntamente con el co-imputado Orellana procedieron a ofrecerles papelillos de marihuana por la suma de $5.000, sindicando directamente que Avaria Carreño realizó tal oferta de sustancia ilícita, además del otro imputado, circunstancia que hasta la fecha no ha sido desvirtuada por algún otro elemento objetivo que conste en la carpeta investigativa. Estos elementos de convicción resultan suficientes, en concepto de esta Corte, para configurar presunciones fundadas en lo concerniente a la participación en el delito de que se trata por parte de la referida Avaria. 3°.- Que de los antecedentes expuestos precedentemente y de lo señalado por los intervinientes en la audiencia, la necesidad de cautela que en su oportunidad llevó a la imposición de la prisión preventiva que hoy se discute, se mantiene incólume, dado que no ha existido variación de las circunstancias que se tuvieron en vista al m
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 122, 139, 140 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de treinta y uno de julio de dos mil veintitrés, dictada en audiencia por el Juzgado de Garantía de Concepción, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada Nicole Andrea Avaria Carreño. Comuníquese por la vía más rápida y expedita al tribunal de origen. N°Penal-1033-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CCA/mfmm Concepción, ocho de agosto de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que la defensa de la imputada Nicole Andrea Avaria Carreño, se ha alzado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva a su respecto, quien se encuentra formalizada como autora del delito de tráfi
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