2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

GONZÁLEZ/FORUS S.A.

Rol

Fecha

8 de agosto de 2023

Materia

DESPIDO INJUSTIFICADO

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: 1°) Que se apeló en contra de la resolución de diez de julio de dos mil veintitrés que no dio curso a la demanda en procedimiento de aplicación general, en atención a la cuantía de la controversia y que no existen antecedentes de reclamo previo ante la Inspección del Trabajo como lo dispone el artículo 497 del Código del Trabajo para los efectos del procedimiento monitorio. El fundamento del recurso de apelación, dice relación con la necesidad de tutela efectiva de los derechos laborales. 2°) Que si bien, resulta efectivo que dada la cuantía de la causa, esta debió tramitarse conforme al procedimiento monitorio, no es posible obviar que el artículo 498 del Código del ramo dispone que incluso en esta clase de procedimientos si el reclamante no se presenta al comparendo ante la Inspección del Trabajo, el trabajador puede accionar conforme a las reglas del procedimiento de aplicación general, demostrándose así́ que este último procedimiento es supletorio al monitorio. 3°) Que, no puede soslayarse que mantener la decisión del tribunal de primera instancia impedirá que el trabajador pueda obtener un pronunciamiento jurisdiccional de su caso y desde esta perspectiva, teniendo en especial consideración el derecho a la tutela judicial efectiva, se revocará la decisión apelada. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo se revoca la resolución apelada de diez de julio de veintitrés, dictada en la causa RIT O-4599-2023, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, y en cambio se dispone que el tribunal de primera instancia deberá dar curso a la demanda incoada conforme al procedimiento de aplicación general. Comuníquese y devuélvase. N° Laboral - Cobranza-2423-2023.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo se revoca la resolución apelada de diez de julio de veintitrés, dictada en la causa RIT O-4599-2023, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, y en cambio se dispone que el tribunal de primera instancia deberá dar curso a la demanda incoada conforme al procedimiento de aplicación general. Comuníquese y devuélvase. N° Laboral - Cobranza-2423-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, ocho de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: 1°) Que se apeló en contra de la resolución de diez de julio de dos mil veintitrés que no dio curso a la demanda en procedimiento de aplicación general, en atención a la cuantía de la controversia y que no existen antecedentes de reclamo previo ante la Inspección del Trabajo como lo dispone el artículo 497 del Código del Tra

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica