SIN INFORMACION

CIFUENTES/BANCO DEL ESTADO DE CHILE

Rol

Fecha

8 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: 1°.- Que, comparece doña Viviana Soledad Cifuentes Herrera, funcionaria pública, domiciliada para estos efectos en calle Las Canoas 220, casa 8, Condominio Los Nogales III, Chillán, quien recurre de protección en contra del Banco del Estado de Chile, RUT 97.030.000-7, sociedad del giro de su denominación, representado legalmente por don Raúl Toro Jara, Agente Oficina Chillán de esa entidad, domiciliado para estos efectos en calle Constitución N° 500, Chillán. Refiere que el pasado 8 de mayo, cerca de las 11:10 horas, mientras se encontraba realizando transferencias desde su aplicación del Banco Estado por una suma de $4.000.000, cuatro millones de pesos, a su hermano, y tras realizar dos pagos más, uno por la suma de $28.000 y otro por la suma de $17.000 de compras habituales, al reingresar a la aplicación, a fin de revisar los últimos movimientos realizados y verificar que las transferencias se habían realizado de manera correcta, se percató que existían dos cargos en su cuenta corriente por las sumas de $199.990, haciendo presente que en la descripción de dichos cargos indica “Web mercadopago”, transacciones las que declara no haber autorizado. Detalla que mientras realizaba la transferencia a su hermano, siendo las 11:00 horas, recibió una llamada telefónica, desde el número +569-927448335, donde una persona de sexo masculino, que se identificó como Juan Carlos Urrutia Quezada, Ejecutivo de Banco Estado, le preguntó si había autorizado un pago por la compra de un celular, a lo que respondió negativamente, insistiendo en que una persona de nombre Víctor Saavedra Dusa, RUT 15.240.452-2, estaba utilizando su cuenta, tratando de cambiar su contraseña de Banca en Línea, razón por la cual éste le indica que le enviara un correo electrónico, con una nueva contraseña al correo: gmail, vcifuentesh.31@gmail.com, al cual accedió, viendo una clave alfanumérica, la cual digitó en su aplicación. En ese momento el ejecutivo le indicó que existía la posibilidad cierta qu

Fundamentos

considerandos precedentes, la presente acción constitucional no puede prosperar y debe ser desestimada.

Fallo

Fallo del Recuso de Protección de Garantías Constitucionales, se tenga por interpuesto recurso de protección en contra del Banco del Estado, ya individualizado, someterlo a tramitación y en definitiva, acogerlo, resguardando las garantías constitucionales amagadas, todas en grado de privación y perturbación, declarando que el obrar del recurrido ha sido arbitrario e ilegal y ordenándole: a) Que reverse la operación donde le ha obligado a pagar una deuda que efectivamente mantenía con esa entidad bancaria (en mi tarjeta de crédito), pero que no era actualmente exigible, instruyendo que retorne esas sumas a su cuenta corriente; b) Que ordene la devolución de la suma de $ 746.960 (setecientos cuarenta y seis mil novecientos sesenta pesos), suma defraudada de manera efectiva, y; c) Las demás medidas que se juzguen necesarias o convenientes para reestablecer el imperio del derecho quebrantado, y darle una protección debida, pronta y eficaz, con expresa condena en costas. A su presentación acompaña documentos. 2°.- Que, informa don Marcelo Davico Ramírez, abogado por la recurrida Bando del Estado de Chile. Refiere el letrado que, conforme a los antecedentes que obran en poder de la recurrida, no han existido ni existen actuaciones u omisiones arbitrarias ni ilegales imputables a su representada, afirmando, respecto a los movimientos correspondientes al pago de la Tarjeta de Crédito de la recurrente, que esto , se debió a una duplicidad, y en la actualidad sólo existe un movimien

Texto Completo (Preview)

Chillán, ocho de agosto de dos mil veintitrés. Visto: 1°.- Que, comparece doña Viviana Soledad Cifuentes Herrera, funcionaria pública, domiciliada para estos efectos en calle Las Canoas 220, casa 8, Condominio Los Nogales III, Chillán, quien recurre de protección en contra del Banco del Estado de Chile, RUT 97.030.000-7, sociedad del giro de su denominación, representado legalmente por don Raúl T

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