JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

PATRICIA ELIZABETH CHAVEZ ALARCON C/ ROBERTO BRAYAN TORRES TORRES

Rol

Fecha

8 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, estos sentenciadores por unanimidad de sus integrantes, compartiendo todos y cada uno de los argumentos otorgados por el tribunal A Quo, y teniendo en especial consideración la pena asignada al delito por el cual ha sido formalizado el imputado en estos antecedentes, el bien jurídico protegido y el hecho de no existir, para el caso de resultar condenado el encartado, la posibilidad de acceder a pena sustitutiva, y finalmente el haberse cometido el delito en grupo o pandilla, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha treinta y uno de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Temuco, en cuanto impuso la medida cautelar de prisión preventiva a ISAAC CÉSAR HUICHALEO MARIHUÁN, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y para la víctima. Agréguese lo resuelto a la carpeta digital y comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase por interconexión. N°Penal-942-2023.(ela)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, ocho de agosto de dos mil veintitrés. Al escrito de folio 4, a lo principal y otrosí: téngase presente. Al escrito de folio 5, a lo principal y otrosí: téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, estos sentenciadores por unanimidad de sus integrantes, compartiendo todos y cada uno de los argumentos otorgados por el

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica