HUINCA/ISAPRE CONSALUD S.A.
Rol
Fecha
8 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada María Paz Valenzuela Díaz, en favor de Miguel Angol Huinca Fuenzalida, en contra de Isapre Consalud S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en continuar percibiendo cotizaciones previsionales pese a encontrarse desafiliado, vulnerando con ello las garantías fundamentales previstas en los numerales 9 y 25 de la Constitución Política de la República. Expone, en síntesis, que el 30 de noviembre de 2022 fue desafiliado unilateralmente por la recurrida, decisión que le fue comunicada por correo electrónico, tomando conocimiento de ello el 2 de marzo de 2023, mediante comunicación telefónica. Denuncia que la recurrida continuó percibiendo sus descuentos previsionales, no informando a su empleador del cambio de situación previsional, generando así un error en la tramitación de los respectivos pagos, percibiendo dineros que legalmente no le corresponden, y de los cuales, a la fecha no ha reintegrado al recurrente y tampoco ha remitido el 7% legal al Fondo Nacional de Salud. Solicita que se acoja el recurso y se ordene a la recurrida restituir el “7% legal de lo retenido a mi representado al Fondo Nacional de Salud de los dineros mal percibidos por los meses de diciembre de 2022, enero y febrero 2023, y que el saldo restante sea restituida directamente al recurrente, todo con expresa y ejemplar condena en costas.”. Segundo: Que la recurrida evacuó el informe requerido, indicando el estado de tramitación de los traspasos de las cotizaciones de salud del recurrente a FONASA, y expresando que la última devolución se encuentra programada para la primera semana del mes de junio de 2023. Posteriormente, ampliando su informe, precisa que comunicó al empleador del recurrente, a saber, Corporación Administrativa del Poder Judicial, cada vez que las cotizaciones de salud han sido mal enteradas en su Institución, según da cuenta la carta que adjunta a su presentación. Tercero: Que, además, cumpliend
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Miguel Angol Huinca Fuenzalida, contra Isapre Consalud S.A. Regístrese y comuníquese. N°Protección-2287-2023. En Santiago, ocho de agosto de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, ocho de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada María Paz Valenzuela Díaz, en favor de Miguel Angol Huinca Fuenzalida, en contra de Isapre Consalud S.A., por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en continuar percibiendo cotizaciones previsionales pese a encontrarse desafiliado, vulnerando con ello las gar
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