ANONIMIZADO
Rol
Fecha
7 de agosto de 2023
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968 y artículo tercero transitorio de la Ley N° 21.389, se confirma la resolución apelada dictada el catorce de julio pasado. Notifíquese por el estado diario. En su oportunidad, devuélvase. R.I.C.: 167 - 2023 – Familia.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Cip/Cpr Chillán, siete de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968 y artículo tercero transitorio de la Ley N° 21.389, se confirma la resolución apelada dictada el catorce de julio pasado. Notifíquese por el estado diario. En su oportunidad, devuélvase. R.I.C.: 167 - 2023 – Familia.
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica