SOCIEDAD DE SERVICIOS Y TRANSPORTES BRULEV SPA CON GABRIELA LEVICOY NAVARRETE
Rol
Fecha
7 de agosto de 2023
Materia
CUENTAS, PROCEDIMIENTO ART.680 Nº8 C.P.C.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: 1°) Que al demandar el actor solicitó conjuntamente “se declare que la parte demandada tiene la obligación de rendir cuenta de la administración que han (sic) efectuado de los bienes y negocios de la Sociedad de Servicios y Transportes Brulev SpA y por ende la demandada proceda, en consecuencia, a rendir dicha cuenta en el plazo de 15 días o el que US. fije prudencialmente en conformidad al mérito del proceso, con expresa condena en costas”. 2°) Tal petitorio hace confluir la pretensión de un juicio declarativo con aquella que es propia de la ejecución propiamente tal de la cuenta, circunstancia anómala que se renueva con la solicitud de certificación realizada el pasado 3 de abril pasado, todo lo cual ha inducido a que el procedimiento verificado en autos contenga errores en su tramitación, ameritando el ejercicio de las facultades contempladas en el inciso final del artículo 84 del Código de Procedimiento Civil. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de siete de junio del año en curso, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de San Bernardo, en la causa Rol C-2589-2022. Devuélvase. N° 1198-2023 Civil.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, siete de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo únicamente presente: 1°) Que al demandar el actor solicitó conjuntamente “se declare que la parte demandada tiene la obligación de rendir cuenta de la administración que han (sic) efectuado de los bienes y negocios de la Sociedad de Servicios y Transportes Brulev SpA y por ende la demandada proceda, en consecuencia, a rendir dich
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