SERVICIOS FINANCIEROS PROGRESO S.A./DIAGNÓSTICOS CLÍNICA ALEMANA DE TEMUCO LIMITADA
Rol
Fecha
7 de agosto de 2023
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, que la parte demandante no exhibió la totalidad de la documentación requerida, y lo dispuesto en el artículo 349 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, la resolución de veintidós de mayo del año en curso, y en su lugar se ordena que la parte demandante deberá exhibir el contrato de factorig asociado a la factura N° 2.547 de 9 de marzo de 2022 y su documentación complementaria, debiendo disponer el tribunal a quo de la realización de la audiencia respectiva. Devuélvase. N°Civil-937-2023. (sac)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, siete de agosto de dos mil veintitrés. Al folio 11: téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, que la parte demandante no exhibió la totalidad de la documentación requerida, y lo dispuesto en el artículo 349 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, la resolución de veintidós de mayo del año en curso, y en su lugar se ordena que la parte demandant
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