2º JUZGADO DE FAMILIA SAN MIGUEL

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

7 de agosto de 2023

Materia

ALIMENTOS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo ofrecido por el alimentante en la contestación de la demanda; y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma, en lo apelado, la resolución de uno de marzo del año en curso, dictada por el Segundo Juzgado de Familia de San Miguel, en los autos RIT 581-2023, con declaración que se elevan los alimentos provisorios a la cantidad de 2,848 Unidades Tributarias Mensuales, equivalentes a $180.000, sin perjuicio de lo que se resuelva con mayores antecedentes en el curso del juicio. Devuélvase. N° 329-2023- Familia.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, siete de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo ofrecido por el alimentante en la contestación de la demanda; y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma, en lo apelado, la resolución de uno de marzo del año en curso, dictada por el Segundo Juzgado de Familia de San Miguel, en los autos RIT 581-20

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica