ANONIMIZADO
Rol
Fecha
7 de agosto de 2023
Materia
PATERNIDAD, IMPUGNACION Y RECONOCIMIENTO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes en la carpeta digital oídos en la relación y las alegaciones vertidas por el recurrente, sumado a lo dispuesto en los artículos 200 y siguientes del Código Civil y en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada, de fecha trece de julio de dos mil veintitrés y en su lugar se ordena dar curso a las demandas de reclamación e impugnación de paternidad interpuestas, citando a las partes a la audiencia preparatoria respectiva. Notifíquese por el estado diario. En su oportunidad, devuélvase. N°Familia-169-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Chillán, siete de agosto de dos mil veintitrés. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes en la carpeta digital oídos en la relación y las alegaciones vertidas por el recurrente, sumado a lo dispuesto en los artículos 200 y siguientes del Código Civil y en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada, de fecha trece de julio de dos mil veintitrés
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