JUZGADO DE FAMILIA SAN FELIPE

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

7 de agosto de 2023

Materia

ALIMENTOS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, en virtud de los

Fundamentos

fundamentos de la resolución impugnada, que esta Corte hace suyos; y lo previsto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma la resolución de tres de enero de dos mil veintitrés, escrita a folio N°39, dictada por el Juzgado de Familia de San Felipe. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Familia-58-2023.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, siete de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, en virtud de los fundamentos de la resolución impugnada, que esta Corte hace suyos; y lo previsto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma la resolución de tres de enero de dos mil veintitrés, escrita a folio N°39, dictada por el Juzgado de Familia de San Felipe. Not

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica