2º JUZGADO CIVIL DE TALCAHUANO

SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA CON MARIANO SALVADOR ALARCON VILLAGRAN Y OTRA

Rol

Fecha

7 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA, SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: 1°) Que en la especie, los hechos denunciados ocurrieron los días 03 y 04 de abril de 2020 y la denuncia de los mismos fue ingresada al tribunal el 15 de mayo de 2020, fecha esta última desde la cual se ha mantenido en tramitación la denuncia de autos; 2°) Que el artículo 132 Bis de la Ley N°18.892 sobre Pesca y Acuicultura, ha establecido que el plazo de prescripción de la acción para denunciar las infracciones que allí se indican, es de 3 años contados desde la fecha en que ocurrieron los hechos que se denuncian, sin que se haya regulado en el mismo texto legal la suspensión y la interrupción de la prescripción, motivo por el cual respecto de estas dos materias habrá que estarse a la normativa general, esto es, los artículos 2503 y 2518 del Código Civil, por constituir normas del derecho común, aplicables a las causas de pesca ante la preterición de solución especial; 3°) Que así las cosas, la prescripción de la acción en estos autos se ha interrumpido por la denuncia formulada ante el juzgado de letras en lo civil respectivo y, en consecuencia, no ha podido operar el plazo de prescripción de la acción intentada. Por estas consideraciones, normas legales citadas y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, sin costas del recurso, la resolución apelada de veintinueve de mayo de dos mil veintitrés, dictada en causa Rol C-1.370-2020, del ingreso del Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Talcahuano, y se declara que el tribunal deberá continuar con la tramitación de la presente causa, como en derecho corresponda. Devuélvase. Redacción del ministro Claudio Gutiérrez Garrido. No firma la Ministra suplente Sra. Claudia Cárdenas Navarro, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo del fallo, por haber cesado en su suplencia. Rol 1.741-2023. Civil.-

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, sin costas del recurso, la resolución apelada de veintinueve de mayo de dos mil veintitrés, dictada en causa Rol C-1.370-2020, del ingreso del Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Talcahuano, y se declara que el tribunal deberá continuar con la tramitación de la presente causa, como en derecho corresponda. Devuélvase. Redacción del ministro Claudio Gutiérrez Garrido. No firma la Ministra suplente Sra. Claudia Cárdenas Navarro, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo del fallo, por haber cesado en su suplencia. Rol 1.741-2023. Civil.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción. Concepción, siete de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo únicamente presente: 1°) Que en la especie, los hechos denunciados ocurrieron los días 03 y 04 de abril de 2020 y la denuncia de los mismos fue ingresada al tribunal el 15 de mayo de 2020, fecha esta última desde la cual se ha mantenido en tramitación la denuncia de autos; 2°) Que el artículo 132 Bis de la Le

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