ANONIMIZADO
Rol
Fecha
4 de agosto de 2023
Materia
ALIMENTOS, AUMENTO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: El mérito de los antecedentes, en especial que el total de haberes del alimentario supera al consignado en la sentencia, lo que permite determinar que posee una mayor capacidad económica, y
Fundamentos
considerando además las necesidades especiales de las alimentarias, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, SE CONFIRMA la sentencia definitiva apelada, dictada con fecha veintidós de mayo de dos mil veintitrés, por la Jueza del Juzgado de Familia de Copiapó, doña Edith Herrera Moya, con declaración de que la pensión de alimentos dispuesta se aumenta a 6.64567 UTM mensuales, equivalente a $420.0000 (cuatrocientos veinte mil...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, cuatro de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS: El mérito de los antecedentes, en especial que el total de haberes del alimentario supera al consignado en la sentencia, lo que permite determinar que posee una mayor capacidad económica, y considerando además las necesidades especiales de las alimentarias, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968
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