CCAF 18 DE SEPTIEMBRE/DIRECCION REGIONAL DEL TRABAJO DEL BIOBIO
Rol
Fecha
4 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Comparece Álvaro Cristian Saldaño Valladares, abogado, en representación convencional de Caja de Compensación de Asignación Familiar 18 de Septiembre, ambos domiciliados en Nataniel Cox 125, comuna de Santiago, Región Metropolitana, e interpone recurso de protección en contra de la Dirección Regional del Trabajo, de la Región de Biobío, representada por doña Roxana Rubio Arévalo, Directora Regional del Trabajo, ambos con domicilio en Avenida Chacabuco 1005, comuna de Concepción; por haber dictado la Resolución N°216 de 3 de mayo de 2023, que rechazó el recurso de invalidación interpuesto por su representada por cuyo intermedio se solicitaba la anulación del informe de investigación comisión 0800/2022/15 y del oficio ordinario número 533, ambos acompañados a la causa RIT T-16-2022 del Segundo Juzgado de Letras de Coronel, vulnerando con ello el artículo 19 N° 3 incisos quinto y sexto de la Constitución Política de la República. Refiere que la resolución recurrida recayó en la invalidación administrativa de 15 de febrero de 2023 mediante la cual su representada acusó una serie de irregularidades en la actividad de la Inspección del Trabajo de Coronel, materializadas en el Informe y en el Oficio Ordinario conductor, antes referidos. Expone que el 13 de agosto de 2022 la ex trabajadora de la Corporación señora Pamela Peña Hidalgo presentó una demanda judicial ante el Segundo Juzgado de Letras de Coronel, singularizada con el RIT T-16-2022 caratulada "Peña con Caja de Compensación de Asignación Familiar 18 de Septiembre”, alegando que su despido se produjo con vulneración de sus derechos fundamentales, y de forma subsidiaria, ejerce la acción de despido improcedente, de nulidad del despido y cobro de prestaciones, fundado en haber sido objeto de presuntas represalias, luego de haber denunciado una situación de acoso laboral ante la Inspección del Trabajo de Coronel. Refiere que es efectivo que la demandante inició procedimiento administrativo ante la Dirección
Fundamentos
considerando: Primero: Que reiteradamente se ha indicado que el recurso de protección de derechos constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción constitucional de urgencia, de naturaleza cautelar y autónoma, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes consagrados en la Carta Fundamental, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o perturbe ese ejercicio. Segundo: Que, de acuerdo a lo expuesto en el recurso, el acto arbitrario e ilegal que reclama el recurrente de parte de la Dirección Regional del Trabajo, es el haber dictado la Resolución N°216 de 3 de mayo de 2023, que rechazó el recurso de invalidación interpuesto por su representada, por el cual se solicitaba la anulación del informe de investigación comisión 0800/2022/15 y del oficio ordinario número 533, ambos solicitados y acompañados como prueba en causa RIT T-16-2022 del Segundo Juzgado de Letras de Coronel, seguido entre la ex trabajadora de la Corporación, Pamela Peña Hidalgo y su parte, alegando un despido con vulneración de sus derechos fundamentales, y en subsidio despido improcedente, nulidad del despido y cobro de prestaciones, en donde la Inspección no se limitó a informar sobre lo solicitado por el tribunal, sino que se abocó a establecer la supuesta efectividad de los hechos de la causa. En razón de lo anterior y, ante la vulneración del artículo 19 N°3 incisos quinto y sexto de la Constitución Política de la República, le solicita a la Corte que se acoja el recurso y se deje sin efecto el informe de investigación 0800/2022/15 y el oficio ordinario N°533, ambos de la Inspección Comunal de Coronel, debiendo evacuarse un nuevo informe por parte de esta última, que dé cumplimiento a lo mandatado por el Juzgado de Letras de Coronel dentro de los márgenes de la legalidad vigente. Tercero: Que, en este orden de ideas, cabe consignar que se agregó a este procedimiento de acción constitucional, Acta de Audiencia Especial, de fecha 19 de julio de 2023, llevada a efecto en causa RIT-16-2022, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras de Coronel, por Pamela Soledad Peña Hidalgo en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar 18 de Septiembre, en la cual las partes arriban a una conciliación, indicándose que “Se deja constancia que, las partes se otorgan amplio, completo y recíproco finiquito, declarando que nada se adeudan con ocasión de la relación laboral mantenida y su terminación, por lo que renuncian a cualquier acción que pudieran intentarse, con excepción de las tendientes a lograr el cumplimiento de la presente conciliación”. Por su lado, el abogado Leonardo David Isidoro Martínez Martínez, al informar en el recurso, por si y por su representada Pamela Peña Hidalgo, indica que en la causa de origen T-16-2022 del Segundo de Letras de Coronel, se logró un acuerdo entre la
Fallo
se resuelve: Que se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en estos autos por la Caja de Compensación de Asignación Familiar 18 de Septiembre, en contra de la Dirección Regional del Trabajo, de la Región de Biobío. Cúmplase oportunamente con lo establecido en el numeral 14 del referido Auto Acordado. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. Redacción del ministro Mauricio Silva Pizarro. N°Protección-11020-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, cuatro de agosto de dos mil veintitrés. Visto: Comparece Álvaro Cristian Saldaño Valladares, abogado, en representación convencional de Caja de Compensación de Asignación Familiar 18 de Septiembre, ambos domiciliados en Nataniel Cox 125, comuna de Santiago, Región Metropolitana, e interpone recurso de protección en contra de la Dirección Regional del Trabajo, de la
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