WOODMAN/MINISTERIOR DEL INTERIOR
Rol
Fecha
4 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°. Comparece Carl - Spencer Woodman Barthekemy, de nacionalidad haitiana, pasaporte país de origen n.° R10897648, domiciliado para estos efectos en Matta n.° 140, Valdivia, quien recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por don Luis Thayer Correa, por no haber emitido resolución respecto de la solicitud de visa temporaria por reunificación familiar, solicitada el 20 de agosto de 2022, infringiendo con ello el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de Ley 19.880. 2°. A folio 12 se decretó prescindir del informe del recurrido. 3°. Que la omisión cuya ilegalidad y arbitrariedad se reprocha por esta vía consiste en que el recurrido no ha emitido pronunciamiento sobre la solicitud de visa temporaria por reunificación familiar efectuada por el actor. El objeto del presente recurso es que se ordene al recurrido “…se pronuncie sobre la misma dentro de un plazo razonable…”. 4°. De los antecedentes acompañados a folio 1 surge que con fecha 9 de junio de 2021 la recurrente presentó solicitud de residencia definitiva, no habiéndose acreditado por la autoridad administrativa haber emitido pronunciamiento definitivo sobre el fondo de la solicitud, sin que exista una justificación razonable a dicha omisión, por lo que en ese contexto, la demora aparece como ilegal y arbitraria y por ende vulneratoria del artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental. Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y teniendo, además, presente lo dispuesto en el artículo 20, de la Constitución Política de la República y Auto Acordado Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales y sus modificaciones, Se resuelve: Que se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Carl- Spencer Woodman Barthekemy debiendo
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y teniendo, además, presente lo dispuesto en el artículo 20, de la Constitución Política de la República y Auto Acordado Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales y sus modificaciones, Se resuelve: Que se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Carl- Spencer Woodman Barthekemy debiendo la recurrida emitir pronunciamiento como sea en derecho, dentro del término de 90 días corridos, contados desde que le sea notificada o comunicada la presente sentencia, resolución que deberá informar a esta Corte en su oportunidad. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. N° Protección 819-2023
Texto Completo (Preview)
Valdivia, cuatro de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1°. Comparece Carl - Spencer Woodman Barthekemy, de nacionalidad haitiana, pasaporte país de origen n.° R10897648, domiciliado para estos efectos en Matta n.° 140, Valdivia, quien recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representa
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