TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE OSORNO

MINISTERIO PUBLICO C/ MARCELO OSVALDO ROJAS SAAVEDRA

Rol

Fecha

4 de agosto de 2023

Materia

INFRACCION LEY 11.564 DE MATADEROS CLANDESTINOS. ART. 1.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, fundamentalmente el hecho que el imputado tiene antecedentes penales y existe peligro de fuga, por su incomparecencia en reiteradas oportunidades a las audiencias respectivas, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha veintinueve de julio de dos mil veintitrés. Acordada contra el parecer de la Ministra Interina Sra. Paola Oltra Schüler, quien estuvo por revocar la resolución apelada y fijar una caución de $5.000.000 (cinco millones de pesos), ordenando la medida cautelar de arresto domiciliario en el evento de ser pagada. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario.  El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. N° Penal- 948-2023. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, cuatro de agosto de dos mil veintitrés.  Nadhia Alvarez Muñoz Relatora Suplente En  Valdivia, cuatro de agosto de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone en la audiencia, solicita que se revoque la resolución apelada, y en su lugar se decreten las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal. Posteriormente alega el Ministerio Público quien solicita que se rechace el recurso y se confirme la resolución apelada por considerar que esta se ajusta a derecho en virtud de la prueba, los antecedentes de la presente causa y para asegurar su comparecencia del imputado.  Las partes hacen hacen uso de su derecho a réplica, insistiendo en sus planteamientos. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminada la intervención, comunica y da lectura a la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, fundamentalmente el hecho que el imputado tiene antecedentes penales y existe peligro de fuga, por su incomparecencia en reiteradas oportunidades a las audiencias respectivas, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha veintinueve de julio de dos mil veintitrés. Acordada contra el parecer de la Ministra Interina Sra. Paola Oltra Schüler, quien estuvo por revocar la resolución apelada y fijar una caución de $5.000.000 (cinco millones de pesos), ordenando la medida cautelar de arresto domiciliario en el evento de ser pagada. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario.  El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. N° Penal- 948-2023. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, cuatro de agosto de dos mil veintitrés.  Nadhia Alvarez Muñoz Relatora Suplente En  Valdivia, cuatro de agosto de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA CUATRO DE AGOSTO DOS MIL VEINTITRÉS, PARA LA VISTA - POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RUC 2000930023-7, RIT 38-2022, ROL CORTE N° 948-2023 REF. Siendo las 09.57 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia de la Ministra y Presidenta de Sala Sra

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