1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ROJAS/CÍRCULO ESPAÑOL

Rol

Fecha

4 de agosto de 2023

Materia

PRESTACIONES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia definitiva de fecha 7 de noviembre de 2022, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en los autos RIT O-443-2022, correspondiente a una demanda sobre despido indirecto, nulidad de despido y cobro de prestaciones laborales y previsionales más declaración de unidad económica entre las demandadas, interpuesta por don Charles Guillermo Rojas Santander en contra del Círculo Español, como principal y, de la Inmobiliaria Círculo Español, solidariamente; la sentencia resolvió acoger la demanda declarando que las demandadas constituyen una unidad económica y que la decisión del trabajador demandante de poner término al contrato de trabajo que lo vinculaba con su ex empleadora se encuentra justificada y, en consecuencia, las condenó a pagar solidariamente al demandante las siguientes prestaciones e indemnizaciones: indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicios con el recargo legal del 50%, feriado legal y proporcional, remuneraciones desde la fecha del despido indirecto 01 de julio al 16 de noviembre de 2021, cotizaciones de FONASA por los meses de agosto de 2020, julio, agosto, septiembre, octubre y 16 días de noviembre de 2021 y, en AFP Provida, Fonasa y AFC, además, de las remuneraciones y demás prestaciones desde el autodespido y hasta la convalidación del mismo. Asimismo, condenó en costas a la demandada, fijándolas en $700.000.- Contra ese fallo, la parte demandada principal interpuso recurso de nulidad. Dicho recurso se funda en tres causales de nulidad, las cuales se interponen una en subsidio de la otra. En primer lugar, aduce la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo en relación con el artículo 456 del mismo Código. En segundo lugar, interpuso la causal del artículo 477 del del Código del Trabajo por infracción de ley, específicamente, al inciso 2° del artículo 28 de la Ley N° 21.227. Por último, alega la causal establecida en el artículo 477 del Código del Trabajo por in

Fundamentos

Considerando: Primera causal: artículo 478 letra b) del Código del Trabajo Primero: Que la demandada principal funda su recurso alegando como causal principal aquella establecida en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo en relación con el artículo 456 del mismo Código y, al efecto, alega que en el

Fallo

fallo del tribunal a quo en la audiencia del día 22 de junio último, oportunidad en que alegaron los abogados de las partes. Y Considerando: Primera causal: artículo 478 letra b) del Código del Trabajo Primero: Que la demandada principal funda su recurso alegando como causal principal aquella establecida en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo en relación con el artículo 456 del mismo Código y, al efecto, alega que en el fallo se infringieron las reglas de la lógica y específicamente el principio de la razón suficiente. Respecto de esta causal solicita que se anule la parte de la sentencia que acoge la unidad de empleador entre Inmobiliaria Circulo Español S.A. y la Corporación Circulo Español y se dicte sentencia de reemplazo que rechace la demanda por unidad de empleador. Explica que, de acuerdo con la prueba rendida en autos, el sentenciador ha contravenido las normas de la lógica desarrollando un análisis únicamente formal, apartándose así de las reglas básicas de la lógica en el análisis de la prueba, específicamente, la regla de la razón suficiente. Refiere que la razón suficiente implica que cualquier afirmación o proposición que acredite la existencia o no de un hecho, tiene que estar fundamentada o probada, pues las cosas existen y son conocidas por una causa capaz de justificar su existencia. En otros términos, esta regla implica que todo hecho debe tener una razón suficiente que lo justifique y, en relación al fallo impugnando, alega que este carece pre

Texto Completo (Preview)

Santiago, cuatro de agosto de dos mil veintitrés.- Vistos: Por sentencia definitiva de fecha 7 de noviembre de 2022, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en los autos RIT O-443-2022, correspondiente a una demanda sobre despido indirecto, nulidad de despido y cobro de prestaciones laborales y previsionales más declaración de unidad económica entre las demandadas, interpue

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