C/ OSCAR MAURICIO CHAVEZ CORREA
Rol
Fecha
4 de agosto de 2023
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Lo expuesto por las partes en la audiencia y los antecedentes obtenidos del sistema computacional de causas. Y teniendo, además, presente: 1° Que, se encuentra suficientemente acreditado la existencia del hecho punible. 2° Que existen antecedentes que permiten presumir la concurrencia que en él ha tenido el imputado, en calidad de autor. 3° Que, respecto a la necesidad de cautela, consta de los antecedentes que el imputado Chávez Correa ha sido condenado por delitos de la misma naturaleza, lo que afecta la posibilidad de una pena sustitutiva, en el evento de una condena. 4° Que, además, de los hechos investigados, dan cuenta de la existencia del delito de microtráfico de pequeñas cantidades de droga, pues, es necesario entender el concepto de tráfico en un sentido más amplio y no sólo como una transacción meramente económica. 5° Que, tal como se dijo en el motivo 3°, la condena anterior no ha disuadido al imputado, Óscar Mauricio Chávez Correa, de cometer nuevos delitos. En tales circunstancias, entonces, se encuentran también acreditados los requisitos de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, por lo que la medida cautelar personal de prisión preventiva, resulta proporcional a los hechos de la investigación, por estimar que la libertad del imputado Chávez Correa, constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. 6° Por último, no se advierte en el escrito de apelación un arraigo del mencionado imputado, en el evento de decretar una medida de menor intensidad en su contra. Por los
Fundamentos
fundamentos señalados y lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintiséis de julio del año en curso, dictada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, en causa Rit 3228-2023, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de Óscar Mauricio Chávez Correa, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Dése orden de ingreso del mencionado imputado, si no lo estuviere por otra causa. Comuníquese. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, cuatro de agosto de dos mil veintitrés. Sala: Novena Rol Corte: Penal-4043-2023 Ruc: 2300801703-4 Rit : O-3228-2023 Juzgado: 3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, el Ministro (S) señor Manuel Esteban Rodríguez Vega y el Abogado Integrante señor Jorge Gómez Oyarzo Relatora: Jessica Zúñiga C. Digitador
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