11B0 JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

M.P C/ ANDERSON ALIRIO SANCHEZ MOLINA

Rol

Fecha

4 de agosto de 2023

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que los antecedentes invocados por la defensa no alcanzan para desvirtuar, en este estadio procesal, la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, además, se considera que no han variado sustancialmente las circunstancias tenidas en consideración para decretar la prisión preventiva del imputado, por estimar esta Corte que de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, teniendo en consideración la naturaleza del ilícito materia de la investigación y el bien jurídico protegido, todo lo cual torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución dictada en audiencia de tres de agosto del año en curso, por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago y se declara que se mantiene respecto de Anderson Alirio Sánchez Molina, la medida cautelar de prisión preventiva. Acordada con el voto en contra del abogado integrante Francisco Cruz Fuenzalida, quien fue de la opinión de mantener las medidas decretadas por el XI Juzgado de Garantía por considerarlas proporcionales y suficientes para garantizar los fines del procedimiento, y teniendo en cuenta además que el imputado exhibe  identificación autentificable bajo soporte digital, no registra antecedentes penales pretéritos, goza de antecedentes concretos de arraigo familiar y es susceptible de acogerse al proceso de empadronamiento biométrico que prescribe la Resolución (E) 25425 del Servicio Nacional de Migraciones. El juez a quo arbitrará las medidas necesarias para hacer cumplir lo resuelto. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 2345-2023 Penal.

Fallo

se declara que se mantiene respecto de Anderson Alirio Sánchez Molina, la medida cautelar de prisión preventiva. Acordada con el voto en contra del abogado integrante Francisco Cruz Fuenzalida, quien fue de la opinión de mantener las medidas decretadas por el XI Juzgado de Garantía por considerarlas proporcionales y suficientes para garantizar los fines del procedimiento, y teniendo en cuenta además que el imputado exhibe  identificación autentificable bajo soporte digital, no registra antecedentes penales pretéritos, goza de antecedentes concretos de arraigo familiar y es susceptible de acogerse al proceso de empadronamiento biométrico que prescribe la Resolución (E) 25425 del Servicio Nacional de Migraciones. El juez a quo arbitrará las medidas necesarias para hacer cumplir lo resuelto. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 2345-2023 Penal.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, cuatro de agosto de dos mil veintitrés. Sala: Tercera Sala Rol: 2345-2023 Penal Ruc: 2300659893-5 RIT: 3283-2023 Tribunal: 11° Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministras señora Sylvia Pizarro Barahona, señora Adriana Sottovia Giménez y Abogado Integrante señor Francisco Cruz Fuenzalida Relator: Andrea Durán Bruce Digitadora: Carolina Orellana Medina Fiscal: Rodrigo Peña Se

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