SCHWARZENBERG/CORDERO
Rol
Fecha
7 de agosto de 2023
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio con fecha ocho de julio de dos mil veintitrés, en contra de la resolución de fecha siete de julio de dos mil veintitrés. Regístrese y devuélvase. N°Civil-11180-2023.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio con fecha ocho de julio de dos mil veintitrés, en contra de la resolución de fecha siete de julio de dos mil veintitrés. Regístrese y devuélvase. N°Civil-11180-2023.
Texto Completo (Preview)
kom C.A. de Santiago Santiago, siete de agosto de dos mil veintitrés. Al folio N°3: Estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artícu
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