SIN INFORMACION

AURA SPA/EXPORTADORA EL CISNE LIMITADA

Rol

Fecha

3 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1 comparece don LUIS ALEJANDRO SILVA PIZARRO, Gerente General de la recurrente de autos AURA SpA, y deduce recurso de protección en contra de EXPORTADORA EL CISNE LIMITADA, Rut. Fundado en que con fecha 06 de diciembre de 2022, la Sociedad Exportadora El Cisne Limitada, realiza una publicación difamando, calumniando gravemente a su representada, publicación dirigida a todo el grupo de exportadores del mundo de la cereza, los cuales son un grupo relativamente pequeño donde todos se conocen, pero de gente muy importante, ya que es un selecto grupo de actores que mueven gran parte del mercado de la cereza, tanto como compra, venta e insumos de la misma, fletes, líneas de proceso, etc. Indica que que la publicación versa sobre un presunto incumplimiento contractual, ESTAFA como lo denomina la recurrida, por parte de su representada la empresa Aura SpA para con Exportadora El Cisne, imputaciones que serían falsas. Refiere que en tal publicación se expresa que ambas partes suscribieron un contrato de compraventa de cerezas en consignación, que el mismo se encuentra inscrito en el Registro Voluntario de contratos agrícolas del Ministerio de Economía bajo el número 6724-5, que Exportadora El Cisne supuestamente entregó anticipos por $130.000 US., y que a la fecha Aura SpA NO ha entregado ninguna fruta como tampoco explicación respectiva. Sostiene que Exportadora El Cisne Limitada se comunica con Aura SpA, a través de sus abogados, reconociendo que la publicación hecha al grupo de exportadores de cerezas había sido desmedida al hacer alusión a una estafa, reconociendo además que los problemas son de índole contractuales, por lo que los tribunales de justicia son quienes resolverán conforme a derecho cualquier discrepancia o diferencia que exista entre las partes; sin perjuicio de ello, hasta la fecha la recurrida no se ha retractado ante el grupo de exportadores de cerezas sobre sus acusaciones de estafa, lo cual ha traído con

Fundamentos

motivos que es absolutamente falso la acusación de Exportadora El Cisne, de que Aura SpA no le ha hecho entrega de ninguna fruta, ya que existe documentación tributaria aceptada al respecto que indica lo contrario. Que hablar de estafa es algo muy grave e irresponsable, pues lo único que existe aquí es un incumplimiento contractual por parte Exportadora el Cisne limitada, quien además de no cumplir con los pagos, solicita facturas de menor valor al del mercado siendo esto un acto completamente ilegal. Que nos reservaremos de iniciar las acciones legales pertinentes por las graves acusaciones y perjuicios ocasionados al honor de nuestra empresa y la integridad de sus colaboradores, junto con las acciones de perjuicios por los graves incumplimientos. Asimismo a través del comunicado hacemos presente que la reclamante calumniosa no tiene relaciones contractuales con el sr. don Luis Alejandro Silva, por lo cual el daño se acrecienta aún más. Del mismo modo es muy mala señal para el mercado que la reclamante manifieste que no ha recibido nada de fruta, porque eso es absolutamente falso al igual que la supuesta falta de explicación, porque ésta se dio por los canales pertinentes con el simple hecho de que no han pagado y así la mora purga la mora, o exceptio non adimpleti contractus. Consideramos de extrema gravedad las falacias, injurias, calumnias y el modo de actuar de parte de Exportadora El Cisne Limitada, quien ha realizado un acto de chicaneria o abuso del derecho.” Manifiesta haberse puesto en contacto con los abogados de la recurrida, quienes reconocen la falacia expuesta en el comunicado en el sentido de la supuesta estafa que expresan ellos, aun así, se han negado hacer el retracto respectivo, lo que trae bastantes perjuicios monetarios para esta parte, ya que ninguno de los actores comerciales del grupo de la cereza con los cuales tienen relaciones de negocio, han querido tener vínculo con su representada, ya que de cierta manera creen en las calumnias difamadas por la recurrida. Añade que la mayoría de los actores han cortado el crédito que concedían a su representada, exigiéndo ahora pago al contado, lo cual claramente afecta su negocio. Estima vulnerada la garantía constitucional del artículo 19 Nº 1 de la Constitución Política de la Republica, relativa al “Derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”. Al promover la recurrida un enjuiciamiento público a través de medios de comunicación de uso masivo, sobre hechos donde no existe una sentencia condenatoria firme, emanada de un tribunal ordinario de justicia correspondiente que establezca la responsabilidad penal y/o civil de su representada. Alega que a consecuencia de ello, como gerente general de Aura SpA ha sido objeto de diversos prejuzgamientos, discriminaciones, cuestionamientos por parte del grupo de exportadores de cerezas. Considera además, transgredido el artículo 19 Nº 4 de la Constitución Política de la República, relativa a “El respeto y la prote

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto por los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República de Chile, y lo señalado en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, SE RECHAZA el recurso de protección deducido en lo principal de folio 1, sin costas por estimarse que hubo motivo plausible para recurrir. Redactado por la abogado integrante Carolina Araya López Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. Rol Ingreso Corte N° 12.921-2022 /Protección. Se deja constancia que no firma la abogada integrante doña Carolina Araya López, sin perjuicio de haber concurrido a la vista y acuerdo de la causa, por estar ausente.

Texto Completo (Preview)

Talca, tres de agosto de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1 comparece don LUIS ALEJANDRO SILVA PIZARRO, Gerente General de la recurrente de autos AURA SpA, y deduce recurso de protección en contra de EXPORTADORA EL CISNE LIMITADA, Rut. Fundado en que con fecha 06 de diciembre de 2022, la Sociedad Exportadora El Cisne Limitada, realiza una publicación difamando,

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