JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE COELEMU

RAMÍREZ/ORELLANA

Rol

Fecha

3 de agosto de 2023

Materia

INFRACCIÓN LEY DE TRÁNSITO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1° Que, el inciso 1° del artículo 33 de la ley 18.287 dispone que “Son inapelables las sentencias definitivas dictadas en procesos por simples infracciones a la Ley de Tránsito que sólo impongan multas.” 2° Que en la especie, los abogados don Emilio Bécar Labraña y doña Vanessa Carrasco Tapia en representación de don Javier Segundo Ramírez, deducen recurso de apelación en contra de la sentencia de doce de diciembre de dos mil veintidós, en cuanto por ella se le impuso una multa de 1,5 UTM por infracción al artículo 160 N° 11 de la Ley de Tránsito, que le provoca el agravio. 3° Que, en tal contexto y encontrándose la impugnación dentro de la norma citada en el punto 1°, el recurso así deducido resulta inadmisible. Por lo señalado precedentemente y lo dispuesto en los artículos 32 de la ley 18.287, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de la sentencia de doce de diciembre de dos mil veintidós. Devuélvase, en su oportunidad. Rol N° 110-2022 Policía Local

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de la sentencia de doce de diciembre de dos mil veintidós. Devuélvase, en su oportunidad. Rol N° 110-2022 Policía Local

Texto Completo (Preview)

Chillán, tres de agosto de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1° Que, el inciso 1° del artículo 33 de la ley 18.287 dispone que “Son inapelables las sentencias definitivas dictadas en procesos por simples infracciones a la Ley de Tránsito que sólo impongan multas.” 2° Que en la especie, los abogados don Emilio Bécar Labraña y doña Vanessa Carrasco Tapia en representación de don Javier

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