SIN INFORMACION

GOMILA/PAVEZ

Rol

Fecha

3 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA (FALLO DEL ACUERDO)

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña María José Gomila Larsen, quien interpone acción de protección en contra de don Miguel Ángel Pavez, en su calidad de Secretario General de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Pudahuel, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en haber dictado la Resolución Nº 5, de 5 de enero de 2023, que resolvió el recurso de reposición en contra de la Resolución N°301/22, de 19 de diciembre de 2022, y le impuso la medida disciplinaria de suspensión temporal del empleo por 30 días con goce de un cincuenta por ciento de las remuneraciones, privando y perturbando con ello su legítimo ejercicio al derecho constitucional que la Constitución Política de la República le asegura en el artículo 19 Nº 2. Afirma, que la resolución recurrida es ilegal y arbitraria, toda vez que da por finalizado un procedimiento disciplinario en que se infringieron los principios de presunción de inocencia e imparcialidad, ocasionando un prejuzgamiento en su contra; dando por acreditado el cargo Nº 1 pese a las falencias técnicas en su elaboración y no ser éste efectivo, contraviniendo el principio de proporcionalidad de la sanción y configurando una afectación excesiva de los derechos y garantías de su parte. Explica que se desempeña desde el año 2014 como cirujana dentista en el Centro de Salud Familiar Pudahuel La Estrella y el 1 de marzo de 2022, atendió a la paciente Ana Acuña Segovia, de 24 años, quien se presentó en la urgencia dental con síntoma de dolor a repetición en la pieza Nº 4.8, con pericoronaritis, erupcionada bajo el plano oclusal, procedimiento odontológico tras el cual, involuntariamente extrajo además de la pieza recién indicada, la pieza N° 4.7. A raíz de ello, señala que la recurrida dispuso una investigación, que luego se elevó a sumario administrativo y -tras cuatro meses de investigación- el 27 de octubre de 2022, se formularon dos cargos en su contra, a saber: · Cargo N°1 por faltar a la probidad,

Fundamentos

considerando que existe expreso registro de lo sucedido tanto en la ficha clínica como en la notificación del evento adverso, habiendo ella (la recurrente) informado a su superior y a la paciente afectada de lo ocurrido. En cuanto a la contravención del principio de proporcionalidad de la sanción, señala que la sanción aplicada de suspensión temporal del empleo era por 3 meses, con goce de un 50% de remuneraciones, producto de 2 cargos formulados, quedando en la actualidad solo 1 cargo para sustentar la medida disciplinaria aplicada de suspensión temporal del empleo por 30 días, con goce de un 50% de remuneraciones, cuestión que propone como desproporcionada y desprovista de la racionalidad, desde que no explica cómo es que ahora un solo cargo amerita la imposición de tan intensa medida disciplinaria. Destaca que no existe referencia al proceso o fórmula que se tuvo en cuenta para determinarla, por lo que la sanción aparece desprovista de toda racionalidad y deviene en ilegal. Agrega que la decisión ilegal y desproporcionada de la recurrida perturba su legítimo ejercicio del derecho de igualdad ante la ley, estableciendo una diferencia arbitraria únicamente subsanable por esta vía jurisdiccional. Solicita que, acogiendo el recurso, se restablezca el imperio del Derecho quebrantado, dejando sin efecto la resolución recurrida, o bien, lo que esta Corte estime conveniente para cautelar el derecho constitucional afectado. SEGUNDO: Que, informando al tenor del recurso, la abogada Yanira González Henríquez, en representación de la recurrida Corporación Municipal de Desarrollo Social De Pudahuel, solicita su absoluto rechazo, con costas. Explica que la recurrente se encuentra contratada por la Corporación, en la categoría A, bajo contrato indefinido, sujeta a la Ley N° 19.378, sobre Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, desempeñando sus funciones como cirujana dentista en el CESFAM Pudahuel La Estrella. Relata que el 20 de abril de 2022 se dictó Resolución N° 092/22 que ordenó una investigación sumaria, ante lo informado por el Director del referido CESFAM por memorándum N° 150/22, en que se adjunta informe entregado por la Dra. Rosa Alonso, encargada de Servicio Dental y formulario de registros de requerimiento N°45,46 y 47 efectuados por doña Ana Acuña Segovia, usuaria, por hechos ocurridos el 1 de marzo de 2022, dirigido en contra de la funcionaria recurrente, con motivo de la atención dental, haciendo presente su malestar por la negligencia médica que dice haber sido objeto y por la cual se le extrajo por error una pieza dental perfectamente sana, señalando además que: “la dentista Maria Gomila expresó la extracción de la pieza 47 por avulsión lo cual no fue así, puesto la saco por error siendo la primera pieza retirada y no fue secuela de la extracción de la muela del juicio, puesto esta se saca de manera posterior”. Agrega que por Resolución N° 129/22, de 14 de junio de 2022, se resolvió elevar la investigación a un sumario admin

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso deducido, por doña María José Gomila Larsen, en contra del Secretario General de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Pudahuel. Regístrese y, oportunamente, archívese. Redacción de la ministra (s) señora Díaz. No firma el Abogado Integrante señor González, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo del fallo, por estar ausente. N°Protección-1331-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña María José Gomila Larsen, quien interpone acción de protección en contra de don Miguel Ángel Pavez, en su calidad de Secretario General de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Pudahuel, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en haber dictado la Resol

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica