SIN INFORMACION

/CORTE APELACIONES PUERTO MONTT

Rol

Fecha

2 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente:  Primero: Que, comparece doña Andrea Fernanda Astudillo Saldivia, abogada defensora penal privada, quien deduce acción de amparo en favor de don Juan Alejandro Matus Matus y en contra de la Segunda Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Puerto Montt, integrada por los ministros Titulares Sra. Gladys Ivonne Avendaño Gómez, Fiscal Judicial Rodolfo Eduardo Maldonado Mansilla y Abogado Integrante Darío Parra Sepúlveda, quienes con fecha 16 de junio del presente año y en el contexto de recurso de apelación, revocaron la resolución en alzada manteniendo la prisión preventiva de su representado, lo que atenta gravemente contra su libertad individual asegurada en el numeral 7° del Artículo 19 de la Constitución Política de la República.  Expone que su representado se encuentra formalizado por el delito de posesión de material pornográfico infantil, previsto y sancionado en el artículo 367 quáter, inciso 3ero del CP, en grado de desarrollo de consumado, en calidad de autor, en causa  Ruc N° 2300024579-8, Rit Nº 142-2023, del Juzgado de Garantía de Puerto Montt,  manteniéndose en prisión preventiva desde su formalización el día 7 de enero 2023; Luego, con fecha 14 de junio de 2023 se celebra audiencia de revisión de la prisión preventiva a solicitud de su defensa, accediendo  el Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt don Alfonso Durruty, a sustituir dicha medida cautelar disponiendo en su lugar la prohibición absoluta de la persona imputada para aproximarse a la víctima, a su domicilio, y a cualquier lugar donde la misma se encuentre; la prohibición absoluta de la persona imputada de comunicarse con las víctimas por cualquier medio tecnológico existente; la prohibición de la persona imputada para aproximarse al colegio San Javier de Puerto Montt; arraigo nacional y arresto domiciliario total. Dicha resolución fue apelada por el Ministerio público, siendo recovada por las recurridas, manteniendo así la prisión preventiva de su represen

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho, estimando que de esta manera se ha vulnerado la libertad de su representado.  Solicita se acoja el recurso y se adopten las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho, asegurando la debida protección del amparado, dejando sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva decretada en su contra, por resolución de fecha 16 de junio de 2023 dictada por las recurridas en la Apelación Ingreso Penal Rol 646-2023 de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.  Segundo: Que informan al tenor del recurso la Ministra Sra. Gladys Ivonne Avendaño Gómez, Fiscal Judicial Rodolfo Eduardo Maldonado Mansilla y Abogado Integrante Darío Parra Sepúlveda, quienes señalan que tras oír las alegaciones de la fiscalía, del querellante y de la defensa, revocan la resolución apelada y ordenan mantener la prisión preventiva respecto del imputado Matus Matus, por constituir su libertad un peligro para las diligencias investigativas, dicha decisión, se fundamentó, en forma suficiente, en el sentido de que, la calidad de ingeniero informático de la persona imputada por el delito de almacenamiento de material pornográfico infantil, y además, el hecho de que aún se encontraba pendiente la revisión de material audiovisual que pudiera permitir individualizar a las víctimas, conspiraban en contra de mutar la medida cautelar por una menos gravosa, como al efecto lo había decidido el juez de la instancia. Asimismo, resultó relevante -y así se indicó- que a la época de la dictación de la resolución objeto del amparo, se encontraba ya fijada una audiencia destinada a realizar una nueva formalización respecto del imputado, y, por cierto, no habían variado sustancialmente los elementos que se tuvieron en vista al momento de decretar la prisión preventiva.  Tercero: Que por el recurso se cuestiona la resolución por la cual se revoca aquella dictada por el juez de garantía de Puerto Montt, por la cual se sustituyó la prisión preventiva a que se encontraba sometido el amparado, manteniendo dicha medida cautelar de Juan Alejandro Matus Matus quien se encuentra formalizado por el delito de posesión de material pornográfico infantil, previsto y sancionado en el artículo 367 quáter, inciso 3ero del CP, en grado de desarrollo de consumado, en calidad de autor.  Cuarto: Que, de los antecedentes allegados, aparece que la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Puerto Montt, en audiencia de 16 de junio del año en curso, luego de haber oído a todos los intervinientes de la causa, procedió a revocar la resolución en alzada manteniendo la prisión preventiva de la persona en cuyo favor se recurre, por constituir su libertad un peligro para las diligencias investigativas, resolviendo de manera motivada y en ejercicio de sus facultades, ponderando los antecedentes del imputado que se denuncian como omitidos en el presente arbitrio, razón por la que la presente acción no puede prosperar.  Quinto: En efecto, la Iltma. Corte de Apelaciones de Puerto M

Fallo

se resuelve:  Que se rechaza el recurso de amparo interpuesto por doña Andrea Fernanda Astudillo Saldivia en favor de don Juan Alejandro Matus Matus y en contra de la Segunda Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Puerto Montt.  Comuníquese, regístrese y archívense en su oportunidad.  Rol Amparo 188-2023

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, dos de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente:  Primero: Que, comparece doña Andrea Fernanda Astudillo Saldivia, abogada defensora penal privada, quien deduce acción de amparo en favor de don Juan Alejandro Matus Matus y en contra de la Segunda Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Puerto Montt, integrada por los ministros Titulares Sra. Gladys

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