SIN INFORMACION

ESPINOSA/CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Rol

Fecha

2 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña María Fernanda Espinosa Ipinza, interponiendo recurso de protección en contra de la Segunda Contraloría Regional Metropolitana, de la Contraloría General de la República y del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, por haber incurrido en un acto ilegal o arbitrario en la tramitación del proceso disciplinario que concluyó con su destitución, lo que vulneraría las garantías fundamentales de los números 1°, 2°, 3° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita que se acoja el recurso y se ordene a la Segunda Contraloría Regional Metropolitana declarar la ilegalidad del acto administrativo que aplica la sanción disciplinaria y del sumario administrativo, ordenando que se retrotraiga al momento procesal en que se ajuste a derecho el procedimiento administrativo disciplinario, alternativamente, que se deje sin efecto la sanción de destitución aplicada por la Resolución Nº 5 de siete de abril de dos mil veintiuno, del Servicio Nacional Del Patrimonio Cultural, disponiendo una sanción administrativa proporcional y que se dicte el correspondiente acto administrativo fundado y ajustado a derecho. Expresa que en el año dos mil siete ingresó a la Dirección de Bibliotecas y Museos, hoy Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, como profesional por licitación y en el año dos mil once comenzó en calidad de funcionaria a contrata, habiendo renunciado con fecha veintiuno de enero del año dos mil diecinueve. Sostiene que el día veinticuatro de mayo del año dos mil diecisiete, la Contraloría General de la República informó la recepción de una denuncia por eventuales irregularidades en la tramitación del feriado legal de ciertos funcionarios. En razón de ello, se ordenó instruir una investigación sumaria que luego fue elevada a sumario administrativo, cuya resolución afirma se refirió a ciertos funcionarios y no contra la recurrente. En tal sentido, explica que, en la declaración de la directo

Fallo

Por estas razones y de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema pertinente a la materia, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de doña María Fernanda Espinosa Ipinza en contra de la Segunda Contraloría Regional Metropolitana, de la Contraloría General de la República y del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-3452-2023. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por el Ministro señora Verónica Cecilia Sabaj Escudero, el Ministro (S) señora Paola Cecilia Díaz Urtubia y el Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, dos de agosto de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de agosto de dos mil veintitrés. A los folios 27, 28 y 29, a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña María Fernanda Espinosa Ipinza, interponiendo recurso de protección en contra de la Segunda Contraloría Regional Metropolitana, de la Contraloría General de la República y del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, por ha

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