MULSOW/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES.
Rol
Fecha
2 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que, comparece Nicole Andrea Mulsow Garcia, quien interpone acción de protección en contra de la Caja De Compensación De Asignación Familiar Los Andes, representada por Nelson Mauricio Rojas Mena, por el acto arbitrario e ilegal que le imputa, consistente en solicitar un descuento en las remuneraciones de la recurrente, con el objeto de pagar un crédito social, lo cual constituiría una vulneración a su garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República. Señala que el día 3 de octubre de 2022, su actual empleador Fundación América Solidaria, recibió una notificación de cobro desde la recurrida, con la nómina mensual de descuentos de créditos sociales pendientes, en la cual se consignaba su nombre, y un monto mensual a descontar de $394.050.-, indicando que ello correspondía a la cuota N°37, por concepto de crédito social, informando que adeudaba a dicha institución la suma de $9.457.200.- Indica que efectivamente solicitó y contrató un crédito social con la recurrida el día 14 de diciembre de 2010, por un monto aprobado y otorgado, mediante la suscripción de un pagaré, de $5.853.500.- y que fue descontado de sus liquidaciones de sueldo, e íntegramente de su finiquito, en dos oportunidades, por sus anteriores empleadores entre el año 2011 y 2013, quedando un saldo por pagar de menor a $350.000.-. Refiere que concurrió a las oficinas de la recurrida, la cual con fecha 14 de octubre de 2022 le confirmó que adeudaría la suma total de $9.457.200.-, ya que informan 24 cuotas adeudadas, sin señalar como se habría determinado dicha cantidad. Expresa que la recurrida ha ejercido de forma unilateral un beneficio legal, esto es, el establecido en el artículo 22 de la Ley N°18.833 que se concede a las Cajas de Compensación cobrar oportunamente los créditos sociales que otorgan. No obstante, el actuar señalado se manifiesta ilegal desde el momento que prescinde de la jurisdicción estatal pa
Fundamentos
fundamentos de derecho que esgrime el recurrente en el presente recurso de protección, Caja Los Andes ha dispuesto el cese definitivo de los descuentos del crédito otorgado a la recurrente, conforme a la ONI decretada en autos. Asimismo, dispondrá la restitución de aquellas sumas que hayan sido recibidas sólo en el caso que efectivamente exista reanudación de los cobros en el año 2022 Que, en estas circunstancias, esta parte solicita el rechazo de la acción de protección incoada por cuanto ha perdido oportunidad toda vez que mi representada ha accedido voluntariamente al cese de los descuentos y restitución solicitados. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecidos en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción constitucional de urgencia, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, que en esa disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida amague o perturbe el ejercicio de esos derechos. Por consiguiente, resulta requisito indispensable para la acción de protección, la existencia de un acto u omisión ilegal, esto es contrario a la ley, o arbitrario, es decir producto del mero capricho de quien incurre en él, y que provoque algunas de las situaciones o efectos que se han indicado, afectando a una o más de las garantías constitucionales protegidas. Cuarto: Que la cuestión controvertida consiste en determinar si los descuentos en la remuneración de la recurrente Nicole Andrea Mulsow García, de parte de la recurrida Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por concepto de un crédito social otorgado a la recurrente y no pagado por esta, constituyen un acto arbitrario e ilegal. Quinto: Que de lo relacionado, el acto que la recurrente denuncia como arbitrario e ilegal consiste en los descuentos que pretende efectuar de su remuneración, a contar del 3 de octubre de 2022. Que de los antecedentes se desprende que la recurrida otorgó con fecha 14 de diciembre de 2010 a la recurrente, un crédito social por la suma de $5.853.500, pagadero en un plazo de 60 meses, el que fue descontado de sus remuneraciones y de su finiquito en dos oportunidades por dos empleadores distintos entre 2011 y 2013. En el mes de enero de 2011, se le descontó por su ex empleador Procter & Gamble, la primera cuota correspondiente a $156.210 y al mes siguiente, se descontó de su finiquito y de forma obligatoria un total de $4.221.583. De su siguiente empleador Betchel Chile S.A., se le descontaron de su remuneración, en el mes de abril de 2013, 2 cuotas por la suma de $310.050 y en el mes de Junio de 2013 al renunciar voluntariamente, se le descontaron $907.188. Actualmente, el día 3 de octubre de 2022, su actual empleador Fundación América Solidaria, recibió una notificación de cobro desde la CCAF Caja Los Andes, por un monto mensual de $394.050,
Fallo
Por estas consideraciones, y atendido además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección intentado en favor de Nicole Andrea Mulsow García, en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, y en consecuencia, se declara que la recurrida deberá cesar todo tipo de retención o descuento en la remuneración de la recurrente por esta vía, y restituirle lo descontado de sus remuneraciones, si es que durante la tramitación de la presente acción lo hubiere efectuado, sin perjuicio de otros derechos que podrá hacer valer, por los medios procesales ordinarios. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad archívese. Redacción de la Ministra M. Loreto Gutiérrez A. No firma la Fiscal Judicial señora Clara Carrasco, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse ausente. N°110.812-2022 Protección.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dos de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que, comparece Nicole Andrea Mulsow Garcia, quien interpone acción de protección en contra de la Caja De Compensación De Asignación Familiar Los Andes, representada por Nelson Mauricio Rojas Mena, por el acto arbitrario e ilegal que le imputa, consistente en solicitar un descuento en las remunerac
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