SIN INFORMACION

VANESSA ALEJANDRA ZURITA RIVERA/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

2 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Mauricio de la Hoz Mardones, abogado, Defensor Penal Público, para interponer acción constitucional de amparo en favor de Vanessa Alejandra Zurita Rivera, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que, en sesión realizada el 18 de abril del año en curso, rechazó otorgarle el beneficio solicitado. Indica que su representada se encuentra cumpliendo dos condenas de 3 años y 1 día impuestas por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, una por el delito posesión o tenencia de arma prohibida y otra por el delito de receptación. Añade que inició el cumplimiento de su condena el 22 de enero de 2020, que la fecha estimada de término es el 25 de enero de 2025, y que el tiempo mínimo para postular al beneficio de libertad condicional se cumplió el 25 de enero de 2023. Añade que mantuvo conducta muy buena los últimos 4 bimestres y que cuenta con informe psicosocial elaborado por especialistas de Gendarmería de Chile,

Fundamentos

motivos los cuales estima concurren todos los requisitos exigidos por la ley para optar al beneficio de libertad condicional. Pide que se acoja el recurso, se deje sin efecto la resolución pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional, y se conceda dicha libertad a su representada. Segundo: Que informa por la Comisión de Libertad Condicional, al tenor del recurso, su presidente, el ministro señor Edwin Danilo Quezada Rojas, quien expone que la referida comisión, habiendo oído la relación de los antecedentes acompañados a la postulación, y previo análisis y debate de éstos, rechazó la solicitud de libertad condicional de la recurrente fundando en que: “Analizados y ponderados los antecedentes que constan en la carpeta remitida por Gendarmería de Chile, se concluye que la interna mantiene un riesgo de reincidencia medio, destacando la necesidad de intervención en el área de asociación a pares como un factor predominante, por lo que, por unanimidad, se considera que no cumple los requisitos exigidos en el artículo 2 N°3 del DL 321.”. Agrega que al adoptar la decisión de rechazo de la solicitud, la Comisión procedió con arreglo a la normativa que rige el beneficio de libertad condicional, al haber resuelto de manera motivada y previo análisis de los antecedentes personales de la postulante acompañados por Gendarmería de Chile bajo la óptica de los presupuestos del artículo 2° del Decreto Ley N° 321, en particular del número 3 de esta disposición, arribando a concluir que las exigencias de este precepto no resultaron satisfechas, circunstancia que no hacía posible el otorgamiento del beneficio pedido. Tercero: Que la ficha única de la condenada, remitida por Gendarmería de Chile, consigna que ésta se encuentra privada de libertad en el CPF Santiago, cumpliendo dos condenas de 3 años y 1 día, una por el delito posesión o tenencia de arma prohibida y otra por el delito de receptación, impuestas por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, en la causa Rol N°44-2021. Asimismo, consigna que registra inicio del cumplimiento de la condena el 22 de enero de 2020, como fecha de término el 25 de enero de 2026, y que el tiempo mínimo para obtener el beneficio de libertad condicional se cumplió el 25 de enero de 2023. Asimismo, se informa que su conducta fue evaluada como “muy buena” en los últimos 4 bimestres, que registra 3 faltas al régimen penitenciario y que no se le han concedido beneficios. A su vez, el informe psicosocial indica que la interna presenta un riesgo de reincidencia medio; que mantiene necesidades en el área de pares criminógenos. Refiere que la interna se responsabiliza por hechos delictuales, que se encuentra en proceso de visualizar el daño a terceras personas y que identifica los riesgos a los cuales se sometió su vinculación con su vinculación con pares criminógenos, aunque no los problematiza. Agrega que se encuentra adscrita al Programa para Personas Privadas de Libertad desde mayo de 2022, que forma parte del CE

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció, escuchó relación y alegó en la Tercera Sala, por el recurso de protección la abogada de la Defensoría Penal Pública señora Iris Figueroa Abarzua. San Miguel, 2 de agosto de 2023. Sebastián Vergara de la Rivera, relator. San Miguel, dos de agosto de dos mil veintitrés. Al escrito folio 8: A todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Mauric

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