ESPEJO/LÓPEZ
Rol
Fecha
2 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece don JOSÉ MANUEL BAQUEDANO GONZÁLEZ, abogado, por el afectado LEONARDO BENJAMÍN ESPEJO CASTILLO, RUN N° 19.553.118-8, funcionario de Carabineros dado de baja y con sumario administrativo suspendido, ambos domiciliados en calle Los Caiquenes Nº 1679, comuna de Padre las Casas, Región de la Araucanía, deduciendo recurso de protección en contra del GENERAL de Carabineros CARLOS DANIEL LÓPEZ GONZÁLEZ, RUN Nº 13.590.169-9, Jefe de la X Zona de Los Lagos de Carabineros de Chile, domiciliado en Miramar Nº 1500, comuna de Puerto Montt, por haber cometido un acto arbitrario en cuya virtud se provocó en perjuicio de su representado, una perturbación y amenaza a la garantía constitucional de la igualdad ante la ley, consagrada y garantizada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. En efecto, explica que don LEONARDO BENJAMÍN ESPEJO CASTILLO, prestó servicios en la institución dentro de la Primera Comisaría de Osorno (U) de Carabineros de Chile, encontrándose bajo un sumario administrativo incoado mediante Orden Nº 17752/1 de 16 de noviembre de 2022 y que luego fuese suspendido en cuanto a su tramitación, mediante RES.EX Nº 558 de 22 de noviembre del 2022. Añade que mediante RES.EX Nº 545 del 15 de noviembre de 2022, el titular de la Prefectura Nº 24 “Osorno” de Carabineros, Coronel GUSTAVO SAAVEDRA IBARRA, dispuso la baja inmediata por conducta mala de su representado, pero en carácter condicional y sin que se haya procedido a estampar la nota de conducta, pues ambas medidas se resolverán una vez obtenido el resultado del sumario administrativo. Sin embargo, en su resolución, el prefecto señala que a esta decisión se arribó al haber alcanzado convicción “más allá de toda duda razonable”, afirmación impropia de su investidura y sin que haya sentencia penal o sumario firme. En efecto, el procedimiento sumarial, se encuentra actualmente suspendido, pues de conformidad al artículo 84 ter de la Ley Orgánica de Carabineros de Chile, se for
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, según se aprecia en la parte petitoria del recurso de autos, se solicita se ordene a la recurrida dejar sin efecto la resolución de baja inmediata de las filas de Carabineros de Chile del recurrente en tanto cuanto no exista sentencia condenatoria que lo declare culpable de la comisión del simple delito respecto del cual operó a su favor la suspensión condicional del procedimiento que lo ampara, lo que lesiona sus derechos en cuanto funcionario, así como el desarrollo de su proyecto de vida, ya que le priva de percibir remuneraciones de empleo entre otras consecuencias. En estas condiciones solicita que mientras no exista sentencia condenatoria que lo declare culpable de la comisión del simple delito respecto del cual opero a su favor la suspensión condicional del procedimiento se ordene su reincorporación inmediata a las filas de la institución. No obstante en el cuerpo del escrito que el acto arbitrario contra el cual se recurre es la Resolución Exenta Nº 109 de 24 de febrero de 2023 de la X Zona “Los Lagos” de Carabineros de Chile, notificado con fecha 06 de marzo de 2023, que no acoge recurso jerárquico interpuesto, fundamentándose en la legalidad de dicha medida, acto este último que constituye la conducta denunciada. SEGUNDA: Que, dado la falta de claridad del recurso de autos, nos haremos cargos de las dos situaciones diversas descritas. TERCERO: Que, en relación con la impugnación de la Resolución Exenta. Nº 109 de 24 de febrero de 2023 de la X Zona “Los Lagos” de Carabineros de Chile, la recurrida informa que el retiro inmediato de las filas de Carabineros se ha adoptado de forma condicional, a la espera del término de la causa penal, lo cual ocurrirá en noviembre de 2023. De esta forma, una vez cumplidas las condiciones y decretado en sede penal el sobreseimiento definitivo del recurrente, el mismo podrá solicitar la reactivación del sumario administrativo y plantear sus alegaciones, a fin de ser reincorporado a la institución. CUARTO: Que, el inciso final del artículo 84 ter de la Ley Orgánica de Carabineros dispone que, se suspenderá la tramitación del procedimiento disciplinario y el plazo de prescripción de su acción si respecto de los hechos que lo motivaron se formula denuncia o querella por un hecho constitutivo de delito, en los términos que establece la ley, hasta el término de la causa penal. QUINTO: Que, la Suspensión Condicional del Procedimiento es una de las salidas alternativas o tempranas al proceso penal, en que el fiscal con acuerdo del imputado quien, sin reconocer responsabilidad en los hechos, y oyéndose a la víctima si la hubiere y con aprobación del Juez, llegan a establecer condiciones temporales para dar por – eventualmente – terminada la causa si se cumplen y transcurren los plazos establecidos sin haber sido revocadas. El efecto de la Suspensión Condicional del Procedimiento cumplida es la del sobreseimiento definitivo del proceso, como equivalente jurisdiccional. SEXTO: Que,
Fallo
Por estas razones, de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema pertinente a la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección, interpuesto por el abogado don JOSÉ MANUEL BAQUEDANO GONZÁLEZ, en representación de don LEONARDO BENJAMÍN ESPEJO CASTILLO, en contra del GENERAL de Carabineros CARLOS DANIEL LÓPEZ GONZÁLEZ, Jefe de la X Zona de Los Lagos de Carabineros de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción del Abogado Integrante Sr. Roberto Contreras Eddinger. Rol N° Protección-974-2023.(jog)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, dos de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS: Comparece don JOSÉ MANUEL BAQUEDANO GONZÁLEZ, abogado, por el afectado LEONARDO BENJAMÍN ESPEJO CASTILLO, RUN N° 19.553.118-8, funcionario de Carabineros dado de baja y con sumario administrativo suspendido, ambos domiciliados en calle Los Caiquenes Nº 1679, comuna de Padre las Casas, Región de la Araucanía, deduciendo recurso de
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