RIQUELME/MUNICIPALIDAD DE LONQUIMAY
Rol
Fecha
2 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: A folio N°1 comparece doña CAROL ROMERO PANTOJA, abogada, con domicilio en Almagro N°250, oficina 1101, Los Ángeles, en representación según se acreditará de doña DANIELA ANDREA RIQUELME FUENTEALBA, cédula nacional de identidad número 18.524.445-8, educadora diferencial, soltera, domiciliado en Las Cruces número 752, casa 37, Los Ángeles; a S.S. Ilustrísima, respetuosamente digo: Que la profesora de diferencial lleva más de 2 años de desempeño en calidad jurídica a contrata, para la municipalidad recurrida, configurándose en su caso la confianza legítima de que el vínculo estatuario será renovado y que solo podrá concluir por una sanción expulsiva dictada conforme a derecho o por una calificación deficiente que genere como efecto su desvinculación. En este caso, la MUNICIPALIDAD DE LONQUIMAY desvincula a doña Daniela Riquelme, mediante una comunicación informal, carta que es acompañada como archivo adjunto al correo electrónico de mi representada, ella pudo tener acceso a este medio el día 15 de febrero de 2023, como se probará. En el mismo sentido, dicha misiva no expresa
Fundamentos
fundamentos de hecho, de modo que el proceder del municipio no satisface las exigencias legales y jurisprudenciales, vulnerando así las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N°2, que garantiza la igualdad ante la ley de todas las personas, y el derecho de propiedad garantizado en el artículo 19 N°24 de la Carta Fundamental, en relación al empleo público que desempeñaba, las remuneraciones respectivas y el derecho inherente a no ser desvinculada a través de un procedimiento ilegítimo que está fuera del marco legal. En definitiva, se deberá acoger este recurso y ordenar a la recurrida que renueve la contrata de mi representada hasta el 29 de febrero de 2024, en las mismas condiciones que la última renovación, debiendo proceder con su inmediata reincorporación a sus funciones, con pago de todas las remuneraciones desde el momento de la separación y demás beneficios económicos a que hubiere tenido derecho en el tiempo intermedio, debiendo además declararse que su vínculo a contrata es indefinido, todo ello con expresa condena en costas. ANTECEDENTES DE HECHO Y DE DERECHO: Que doña Daniela Riquelme, fue designada por la Municipalidad de Lonquimay, departamento de Educación, en calidad de docente a contrata, por un total de 44 horas, ejerciendo sus funciones por más de dos años seguidos, los años 2021, 2022 y hasta 28 de febrero del 2023. Es del caso señalar que la docente anteriormente había sido designada por la Municipalidad de Lonquimay, departamento de educación, donde ejerció las mismas funciones de docente a contrata, desde el año 2017 a abril del 2020. Las funciones realizadas, consistían en ejercer como docente en la escuela básica Domingo Camargo, de la comuna de Lonquimay. Que no cabe duda de que las labores ejercidas por la profesora son esenciales para el desarrollo del proyecto pedagógico, no pudiendo ser reemplazada. Que su representada siempre registró un buen comportamiento, profesionalismo, desempeño honesto y leal en el ejercicio de las funciones. Que la Municipalidad de Lonquimay comunica a su representada el aviso de la no renovación de la contrata, y en definitiva el término de su relación contractual (tal como señala la carta) la que se extendió hasta el día 28 de febrero de 2023. Que dicha comunicación, se materializó mediante el envío de un correo electrónico por parte de la Municipalidad a mi representada, quien tomó conocimiento de ello, el día 15 de febrero de 2023, al regresar de sus vacaciones. Y no en la fecha que aparece en la carta, esta es 28 de diciembre de 2022, la que es meramente enunciativa y no se condice con la realidad. En razón a lo señalado en párrafos anteriores, el hecho de haber comunicado la decisión de manera informal, dificulta aún más la labor de mi representada para poder encontrar una nueva fuente laboral para el año 2023, pues, como es sabido, a principios del mes de diciembre los docentes hacen las postulaciones y acuden a entrevistas para comenzar a trabajar el año siguiente
Fallo
fallo dictado en autos Rol 38.681-2017, entre otros. Solicitando en definitiva que se ordene a la recurrida la renovación de su contrata hasta el 29 de febrero de 2024 y su inmediata reincorporación a las funciones con expresa continuidad de sus remuneraciones computadas desde el momento en que se produjo la separación hasta la efectiva de reincorporación, reintegro que se debe realizar en las mismas condiciones en las que se desempeñaba al momento de ser desvinculada, con expresa mención a que el vínculo estatuario es de carácter indefinido, todo ello con expresa condena en costas. Acompañados los siguientes documentos: 1.- Carta de aviso de término de contrata. 2.- Decreto Alcaldicio N°520, de fecha 17 de marzo de 2022. 3.- Certificado de Cotizaciones previsionales de mi representa desde 2017 a enero 2023. A folio 9, se evacua informe por MIGUEL ANTONIO PODLECH ROMERO, abogado, domiciliado en calle O’Higgins Nr.401 de Curacautín, en representación de la I. MUNICIPALIDAD DE LONQUIMAY, e indica: I.- ANTECEDENTES: Que, la Srta. Daniela Riquelme Fuentealba RUT N° 18.524.445-8, se desempeñó como Docente para el Departamento de Educación Municipal de la Comunas de Lonquimay, en los siguientes periodos: - Entre el 06 de abril de 2017 y el 28 de febrero de 2018; Docente a contrata por 44 horas, con cargo a la Subvención PIE en la Escuela Básica de Liucura. - Entre el 01 de marzo de 2018 y el 28 de febrero de 2019; Docente a contrata por 44 horas, con cargo a la Subvención PIE e
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, dos de agosto de dos mil veintitrés. VISTO: A folio N°1 comparece doña CAROL ROMERO PANTOJA, abogada, con domicilio en Almagro N°250, oficina 1101, Los Ángeles, en representación según se acreditará de doña DANIELA ANDREA RIQUELME FUENTEALBA, cédula nacional de identidad número 18.524.445-8, educadora diferencial, soltera, domiciliado en Las Cruces número 752, casa 37, Los
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica