PÉREZ / CAJA DE PREVISIÓN DE LA DEFENSA NACIONAL
Rol
Fecha
2 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece Pablo Ignacio González Rojas, abogado, en favor de Juan Richard Pérez Garrido, e interpone acción de protección de garantías constitucionales en contra de Cooperativa de Ahorro y Crédito Lautaro Rosas, y en contra de Caja de Previsión Defensa Nacional (CAPREDENA). Funda su arbitrio señalando que con fecha 12 de octubre de 2022, don Juan Pérez Richard Garrido confirió mandato especial a la recurrida para que a su nombre descontara mensualmente remuneraciones de su planilla, el pago del crédito de consumo el cual consistía en un plazo de 83 cuotas mensuales, por un valor de $379.380.- dicho descuento estaba vinculado a Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA), en virtud de un convenio firmado por ambas instituciones. En este sentido, el 12 de mayo de 2023, don Juan Pérez Garrido, mediante carta certificada dirigida a la cooperativa, y en virtud del capítulo V numeral 4) del contrato de crédito, manifiesta su voluntad de revocar el mandato con el objeto que cesen los descuentos mecanizados. Añade que, no obstante lo anterior, los descuentos se siguieron realizando, desplegando un actitud arbitraria e ilegal contra don Juan, haciendo caso omiso de la revocación enviada. En este sentido, el actuar de la recurrida sería arbitrario, ilegal y antojadizo, careciendo de fundamento alguno, tanto en la realización como en el monto. Estima que los hechos anteriormente descritos, configurarían vulneración del derecho de propiedad consagrado en el artículo 19 Nº24 de la Constitución Política de La República. Solicita se ordene al recurrido a cesar derechamente en los descuentos en las liquidaciones de pensiones de su representado, de la cuota correspondiente al crédito de consumo ya referido en el libelo, como asimismo de las cuotas futuras, y además ordene la restitución de los dineros sustraídos, esto es la suma de $379.380 (trescientos setenta y nueve mil trescientos ochenta pesos), adoptando las providencias que sean necesarias para e
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, por la presente acción constitucional, se pretende que se determinen los efectos de la revocación de un mandato mercantil, el que permite los descuentos que la recurrida CAPREDENA realiza el actor, de las cuotas correspondientes al crédito que le fue otorgado por la Cooperativa de Ahorro y Crédito Lautaro Rosas, a la luz de lo dispuesto en el artículo 241 del Código de Comercio. Segundo: Que dada la naturaleza de los argumentos que motivan el acto objetado, el legislador ha dispuesto expresamente procedimientos legales de lato conocimiento destinados a esclarecerlos, observando uno que garantice a todos los interesados y afectados patrimonialmente, el principio de contradictoriedad o bilateralidad de la audiencia, por lo cual procede desestimar la presente acción cautelar.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de don Juan Richard Pérez Garrido, en contra de Cooperativa de Ahorro y Crédito Lautaro Rosas, y en contra de la Caja de Previsión de Defensa Nacional. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese. N°Protección-19613-2023. No sujeta a anonimización. En Valparaíso, dos de agosto de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, dos de agosto de dos mil veintitrés. VISTO: A folio 1, comparece Pablo Ignacio González Rojas, abogado, en favor de Juan Richard Pérez Garrido, e interpone acción de protección de garantías constitucionales en contra de Cooperativa de Ahorro y Crédito Lautaro Rosas, y en contra de Caja de Previsión Defensa Nacional (CAPREDENA). Funda su arbitrio señalando que c
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