A.F.P. MODELO S.A. CON LOGISTICA TRANSPISCIS LIMITADA
Rol
P-777-2021
Fecha
24 de junio de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: 1.-Que, con fecha, 01 de marzo de 2021, comparece Luis Mauricio Peredo Morgado, empresario, RUT N°6.737.256-5, en representación de la ejecutada LOGISTICA TRANSPISCIS LIMITADA RUT N°76.064.204-5, ambos con domicilio en calle Álvarez 746, oficina 801, Viña del Mar, en autos caratulados “AFP Modelo S.A. con Logística Transpiscis Limitada” RIT P-777-2021, representado en autos por el abogado Mario Medina Valdés, RUT N°12.227.240-0, domiciliado en Arlegui 358, oficina 213, Viña del Mar, , oponiendo la excepción de pago. Sostuvo que, con fecha 10 de febrero de 2021, se interpuso demanda ejecutiva de cobro de deudas previsionales en contra de su representada por la suma de $147 319.- correspondientes a la resolución N° 529667, correspondiente al período septiembre de 2020, respecto del trabajador Francisco Juan Agurto Núñez. Agrega que con fecha 09 de febrero de 2021, se procedió a pagar la deuda previsional en la Administradora de Fondos de Pensiones AFP Modelo S.A., Que, para acreditar sus dichos el ejecutado acompaña los siguientes antecedentes: - Comprobante de pago de la deuda de autos. - Copia de inscripción con vigencia de escritura de constitución de sociedad que rola a fojas 718 número 861 del Registro de Comercio del Año 2009, ante Notario Público de Viña del Mar, de 17 de abril de 2020, en que consta mi personería como representante legal de la empresa demandada. 2.- Que, con fecha 12 de marzo de 2021, comparece Antonio Álamos Avendaño, abogado, en representación de Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones Modelo S.A., evacuando el traslado que le fuera conferido respecto de la excepción de pago formulada por la ejecutada, solicitando el rechazo de dicha excepción, con costas, señalando que la contraria no acompaño ningún antecedente que acredite el pago que señala haber efectuado en AFP Modelo, que por el contrario lo que acompaño es una de declaración de pago correspondiente a la entidad de recaudación previsional la que no es parte en el ju
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, deducida demanda ejecutiva por la actora, la demandada se defendió oponiendo excepción de pago, según se ha referido en la parte expositiva de la presente sentencia. SEGUNDO: Que, la ejecutada, a objeto de acreditar los fundamentos de su acción, acompañó a los autos los siguientes documentos: - Comprobante de pago de la deuda de autos. Que, el documento acompañado -Comprobante de declaración y no pago de cotizaciones previsionales- emitido por AFP Modelo, de fecha 09 de octubre de 2020, se indica total a pagar $163.421.- y en el Fondo de Cesantía $42.209.- documento que contiene una rúbrica sobre el nombre correspondiente a Esteban Segura R, Gerente General, y la constancia de declaración electrónica y pago electrónico indicando: fecha de declaración 09 de octubre de 2020 y fecha de pago el 09 de febrero de 2021. TERCERO: Que, en respuesta a los oficios enviados a AFP Modelo S.A., y al Servicio de Administración Previsional S.A. (Previred), se respondió lo siguiente: - Que, con fecha 25 de agosto de 2021, se recibe oficio emitido por Previred informando que se adjunta informe de pago de cotizaciones previsionales de don Francisco Juan Agurto Núñez, RUT 6.506.716-1, correspondiente el periodo septiembre de 2020. - Que, con fecha 14 de junio de 2022, AFP Modelo respondiendo oficio enviado señala que remite informe de movimientos de cuenta obligatoria, correspondiente al afiliado Francisco Juan Agurto Núñez, RUT 6.506.716-1. En dicho informe constan cargos y abonos efectuados en el periodo de septiembre de 2020, informando que el Rut del empleador es 76.064.204-5. Código: WJZFXXLFZTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 108 Que, atendido al mérito de los antecedentes, encontrándose pagadas las imposiciones correspondientes al periodo septiembre de 2020, del trabajador Francisco Juan Agurto Núñez, RUT 6.506.716-1, como consta Comprobante de declaración y no pago de cotizaciones previsionales- en el que se indica - fecha de declaración 09 de octubre de 2020 y fecha de pago el 09 de febrero de 2021- emitido por AFP Modelo, y de las respuestas remitidas por AFP Modelo S.A., y al Servicio de Administración Previsional S.A. (Previred) a los oficios enviados a fin que informaran si el periodo septiembre de 2020 del afiliado Francisco Juan Agurto Núñez,, se encontraba pagado.
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 17.322; artículo 19 del D.L 3500; 464 N°9 del Código de Procedimiento Civil, artículo 445 del Código del Trabajo, se declara: I. Que, se acoge la excepción de pago de la deuda y, en consecuencia, se rechaza la demanda ejecutiva interpuesta por Administradora de Fondos de Pensiones Modelo S.A., en contra de LOGISTICA TRANSPISCIS LIMITADA . II. Que, se condena en costas a la ejecutante. Notifíquese con esta fecha vía correo electrónico a la ejecutante, y por cédula a la ejecutada, ambas a través de sus respectivos apoderados. Regístrese y archívese copia. RIT: P-777-2021 RUC: 21-3-0028103-3 Proveyó don(a) Fresia Esther Ainol Moncada, Juez Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso En Valparaíso a veinticuatro de junio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: WJZFXXLFZTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-06-24T12:07:16-0400
Texto Completo (Preview)
106 A.F.P. MODELO S.A. CON LOGISTICA TRANSPISCIS LIMITADA MATERIA: EJECUTIVO PREVISIONAL RIT: P-777-2021 REGISTRO N°22 Valparaíso, veinticuatro de junio de dos mil veintidós. Visto: 1.-Que, con fecha, 01 de marzo de 2021, comparece Luis Mauricio Peredo Morgado, empresario, RUT N°6.737.256-5, en representación de la ejecutada LOGISTICA TRANSPISCIS LIMITADA RUT N°76.064.204-5, ambos con domicilio e
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