SIN INFORMACION

LUVER/POLICIA DE INVESTIGACIONES

Rol

Fecha

2 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 21 de marzo de 2023, comparece DAVID GUTIÉRREZ VERGARA, Licenciado en Derecho, cedula de identidad N° 14.260.044-7, domiciliado Avenida el Parronal Nº 102, casa 14, Condominio las Barricas, de la comuna de Machali, en favor de JOHANA PEREZ BARRERA, pasaporte Nº 083972359, de nacionalidad venezolana, y WALTER LUVER SEPULVEDA, pasaporte Nº 083786116, de nacionalidad venezolana, ambos domiciliados para estos efectos en pasaje Rosedal S/N, Población Vaticano, Comuna de Requínoa, quien deduce recurso de protección en contra del POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE, departamento de Extranjería Policial. Señala que los recurrentes ingresaron por paso no habilitado en el mes de enero de 2022, por lo que fueron al cuartel de la recurrida en la ciudad de Rancagua para autodenunciarse, oportunidad en la cual se le indicó que ello debía realizarse mediante la página web, y que le llegaría un correo, para luego ser citado para asistir con un funcionario de extranjería policial a fin de ratificar los datos ingresados y se le entregaría una tarjeta de identificación de extranjero infractor, quedando sujeto a la firma mensual hasta que le sea comunicada la orden de expulsión. Menciona que en marzo de 2022 realizaron la declaración voluntaria de ingreso clandestino por la página web, ocasión en la que le llego un correo electrónico en que se indica que las solicitudes fueron ingresadas, sin embargo desde dicha oportunidad no han recibido respuesta de la entidad recurrida, y tampoco han sido citados. Alega que la incertidumbre, les ha impedido desarrollar actividad alguna, ambos son profesionales de la salud, y no pueden iniciar ningún trámite previo sin la tarjeta de identificación del extranjero infractor. Agrega que el actuar de la recurrida ha afectado el derecho a la vida e integridad física y psíquica, la libertad de trabajo, la igualdad ante la ley. Finalmente, solicita ordenar a la recurrida que cite a los actores con el objeto de ratificar las declaraci

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1° Que, el recurso de protección establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales que esa misma disposición enumera, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, dificulte o amague ese ejercicio. 2° Que, a través de la presente acción, se denuncia la demora en la tramitación de las autodenuncias de ingreso clandestino al país, efectuada por los recurrentes ante la autoridad recurrida, y se pide a esta Corte se ordene a la Policía de Investigaciones de Chile, citar a los recurrentes a sus dependencias, para ratificar su declaración voluntaria de ingreso clandestino y, en razón de ello, hacerle entrega de la tarjeta de extranjero infractor. 3° Que, a su vez, la recurrida mediante presentación de 11 de abril de 2023, da cuenta que la citación requerida por los recurrentes, se materializó el día 5 de abril de 2023, oportunidad en que se realizaron las autodenuncias por ingreso clandestino. 4° Que, atendido el mérito de lo informado por la recurrida, es dable concluir que el recurso de autos ha perdido oportunidad, dado que ninguna medida de protección podría adoptarse por esta Corte, desde que la parte recurrente ya ha obtenido lo pretendido con su acción y, así las cosas, la misma no puede prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, por haber perdido oportunidad, el recurso deducido en favor de Johana Pérez Barrera y Walter Luver Sepúlveda, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Corte 934-2023 Protección. Se deja constancia que esta sentencia reúne los presupuestos para ser anonimizada, de acuerdo a lo dispuesto en el Acta 44-2020 de la Excma. Corte Suprema.

Texto Completo (Preview)

C.A de Rancagua. Rancagua, dos de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: Con fecha 21 de marzo de 2023, comparece DAVID GUTIÉRREZ VERGARA, Licenciado en Derecho, cedula de identidad N° 14.260.044-7, domiciliado Avenida el Parronal Nº 102, casa 14, Condominio las Barricas, de la comuna de Machali, en favor de JOHANA PEREZ BARRERA, pasaporte Nº 083972359, de nacionalidad venezolana, y WALTER LUVER

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