AGUILAR/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL PRIMER SEMESTRE 2023
Rol
Fecha
2 de agosto de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 28 de julio del presente año comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado para estos efectos en calle 3 Oriente N°1326, oficina 5 A, Talca, interponiendo Recurso de Amparo en favor de JOSÉ ADÁN AGUILAR JARA, CI. N° 11.3723.89-0, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL, por la resolución de 3 de abril del año en curso que rechazó conceder el beneficio al amparado. Refiere que su representado cumple las siguientes penas: 15 años de presidio mayor en su grado medio como autor del delito de femicidio; 541 días de presidio menor en su grado medio como autor del delito de porte ilegal de arma de fuego y 300 días de presidio menor en su grado mínimo como autor del delito de amenazas, las cuales inició el 24 octubre de 2011, debiendo culminar el 11 de febrero de 2029. En cuanto el tiempo mínimo, éste se cumplió el 08 de mayo de 2023, contando con más de 4 bimestres de muy buena conducta. Indica que cumpliendo con los requisitos fue postulado a la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su solicitud fundado en que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 del Decreto Ley N°321, transcribiendo la resolución recurrida que, en extracto, indica que “el postulante forma parte del programa de prestaciones para privados de libertad, con plan de intervención vigente confeccionado en agosto de 2018, el que se encuentra en fase final de ejecución. Ha experimentado avances en cuanto al desarrollo de su juicio crítico frente a la conducta infractora, evidenciando mayor autorregulación. A la fecha, se encuentra pendiente el taller de control de la impulsividad, siendo importante que participe en dicha actividad, a fin de reforzar adecuadas estrategias de afrontamiento y habilidades de autocontrol en situaciones de estrés, dado que el control de impulsos está re
Fundamentos
considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado. Asimismo, lo solicitado por la defensa, al tenor del artículo 5° del Decreto Ley N° 321 configura un beneficio que no tiene el carácter de obligatorio, en tanto no goza de la naturaleza jurídica de un derecho del amparado. Por otra parte, este arbitrio constitucional no es la vía idónea para la revisión y control de lo actuado por la recurrida.
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don Max Troncoso Moreno, en favor de JOSÉ ADÁN AGUILAR JARA, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional el 3 de abril de 2023. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 354-2023/Amparo. EDA/eda
Texto Completo (Preview)
Talca, dos de agosto de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 28 de julio del presente año comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado para estos efectos en calle 3 Oriente N°1326, oficina 5 A, Talca, interponiendo Recurso de Amparo en favor de JOSÉ ADÁN AGUILAR JARA, CI. N° 11.3723.89-0, actualmente privado de libertad en calidad
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica