JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE TALCA

MENDOZA/SOCIEDAD CENTRO MEDICO LIRCAY SPA

Rol

25297-2022

Fecha

2 de agosto de 2022

Materia

Cobranza Laboral

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta del recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, que confirmó la de primera instancia que hizo lugar a la excepción de pago deducida por la demandada, en el contexto del procedimiento ejecutivo laboral. Segundo: Que la normativa relacionada con el sistema recursivo en materia laboral, contenido en el párrafo 5° del Capítulo II del Libro V del Código del Trabajo, prevé únicamente, respecto de las sentencias interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, el recurso de apelación. Además, el legislador contempló para el control de lo obrado por los tribunales de instancia un arbitrio de invalidación especial y de estricto derecho, que procede sólo respecto de las sentencias definitivas, cuya competencia otorga a las Cortes de Apelaciones y contra la decisión que lo resuelva, en carácter de excepcional, como indica el artículo 483 del Código del Trabajo, para ante la Corte Suprema, el de unificación de jurisprudencia. Tercero: Que lo razonado resulta suficiente para concluir que en el actual sistema procesal laboral no fue contemplada la procedencia del recurso de casación interpuesto, razón suficiente para desestimar el intentado en esta etapa procesal. Por estas consideraciones y de conformidad con las normas citadas, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia de veintiséis de mayo de dos mil veintidós. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 25.297-2022.-

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con las normas citadas, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia de veintiséis de mayo de dos mil veintidós. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 25.297-2022.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de agosto de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta del recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, que confirmó la de primera instancia que hizo lugar a la exce

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica