SIN INFORMACION

FLORES/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

1 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: El día 23 de marzo del año en curso, comparecen las abogadas Amy Álvarez Pizarro y María Gabriela Gomez, quienes deducen acción de protección en favor de FRANK CARLOS FLORES MARTÍNEZ, cedula de identidad para extranjero Nº27.122.487-7, ciudadano venezolano, todos domiciliados para estos efectos en Población San Hernán, Block 75, dpto. 33, San Fernando, en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la omisión del acto terminal en el procedimiento de su solicitud de permanencia definitiva. Relatan que el recurrente ingresó al país el 18 de noviembre de 2019 como turista, y luego logra desarrollar su proyecto de vida bajo la seguridad que el país le brindaba, es así como pudo regularizar su situación migratoria, como a su vez encontrar trabajo. Todo lo anterior permitió que pudiese ser postulante a solicitar el beneficio de la Permanencia Definitiva por lo que, con fecha 30 de septiembre del 2021 el interesado envía solicitud de permanencia definitiva, a través de la plataforma digital que existe al efecto. Agrega que posteriormente realiza sucesivas ampliaciones a la misma y que en noviembre de 2022 realizó el pago de derechos respectivo, sin perjuicio de lo cual a la fecha llevaría un 18% de avance en etapa de estudio preliminar. Señala que la conducta de la recurrida infringe los principios contenidos en la Ley 19.880 así como vulnera la igual ante la ley, el Derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona y a la propiedad. Concluye solicitando se ordene a la recurrida realice el correspondiente Acto Administrativo terminal. Acompaña antecedentes en que se funda la presente acción. A folio 3 de declaró admisible el presente recurso y se requirió informe al Servicio recurrido. A folio 4 compareció el Servicio Nacional de Migraciones y solicitó, en primer término, la inadmisibilidad del presente recurso, fundado en las sentencias de 20 de marzo de 2023, pronunciada por la Excma. Corte Suprema en causas Roles N° 115.064-2022 y 1

Fallo

por tanto el Servicio Nacional de Migraciones el único obligado a emitir tal pronunciamiento, se rechaza tal alegación. II.- En cuanto al fondo: TERCERO: Que, se reprocha la excesiva dilación del procedimiento administrativo de solicitud de permanencia definitiva iniciada por el recurrente el día 30 de septiembre de 2021 por cuanto hasta la fecha de interposición de la presente acción constitucional de protección, tal solicitud no habría sido resuelta por la autoridad administrativa. CUARTO: Que, la recurrida requirió el rechazo del recurso atendido que la solicitud se encuentra en tramitación, en la etapa de Resolución y debido a que no hay afectación a garantías constitucionales dado que cuenta con permanencia regular en Chile, mientras se encuentre en tramitación la petición de permanencia definitiva. QUINTO: Que, con un nuevo análisis de la normativa legal vigente en materia de migración y de la problemática planteada tanto en este recurso como en otros de similar naturaleza, esta Corte procederá a rechazar la presente acción de protección, al evidenciar que la tardanza reclamada no produce una afectación sustancial de los derechos constitucionales del recurrente. En efecto, cabe precisar en primer lugar que el recurso de protección no es una instancia que tenga por único objeto efectuar un control de legalidad de lo obrado por parte de la Administración sino que su finalidad esencial es verificar si con ello se produce una afectación de los derechos constitucionales es

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C.A. de Rancagua. Rancagua, uno de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS: El día 23 de marzo del año en curso, comparecen las abogadas Amy Álvarez Pizarro y María Gabriela Gomez, quienes deducen acción de protección en favor de FRANK CARLOS FLORES MARTÍNEZ, cedula de identidad para extranjero Nº27.122.487-7, ciudadano venezolano, todos domiciliados para estos efectos en Población San Hernán, Bl

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