Jdo. Cob. Laboral y Previsional de San Miguel

BAZIN/PALMA

Rol

C-411-2021

Fecha

22 de junio de 2022

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

vistos que las costas reguladas corresponden a la presente etapa ejecutiva, no ha lugar. Al otrosí: estese a lo precedentemente resuelto. RIT: C-411-2021 RUC: 21-4-0324276-1 Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En San Miguel a veintidós de junio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: GEVVZZYNXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-06-22T14:20:11-0400

Texto Completo (Preview)

ero San Miguel, veintidós de junio de dos mil veintidós. A lo principal: puesto que la liquidación practicada en autos con fecha 17 de junio del presente, no contempló la suma consignada en autos, y conforme lo dispuesto en el artículo 469 del Código del Trabajo, se da lugar a la objeción planteada por la parte ejecutada y se ordena reliquidar el crédito. En cuanto a la objeción respecto de la r

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