SIN INFORMACION

ESPINOZA/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL PRIMER SEMESTRE 2023

Rol

Fecha

1 de agosto de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 25 de julio del presente año, compareció don MAX TRONCOSO MORENO Defensor Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad Nº 16.225.962-8, domiciliado para estos efectos en calle 3 Oriente N°1326, oficina 5 A, Talca, en favor don JOSÉ JAIME ESPINOZA ROMERO, C.I.N° 9.619.567-2, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, en contra de la resolución de 3 de abril 2023, suscrita y firmada por la Comisión de Libertad Condicional mediante la cual rechazó por unanimidad la postulación a Libertad Condicional del amparado, sin ajustarse a la normativa vigente, tornando su privación de libertad en un acto ilegal y arbitrario. Refirió que Espinoza Romero se encuentra recluido en Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, cumpliendo pena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de robo con fuerza en lugar no habitado y 541 días de presidio menor en su grado medio como autor del delito de asociaciones ilícitas, la cual inició el cumplimiento de la pena el 26 de septiembre de 2020 debiendo terminar el 15 de julio de 2025. Indicó que cumpliendo con los requisitos fue postulado a la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su solicitud fundado en que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 del Decreto Ley N°321, transcribiendo la resolución recurrida que, indica: “El postulante ha logrado avanzar hasta 3° de Enseñanza Media en Escuela Penal, contando con Plan de Intervención Individual, a partir del 03/03/2022, encontrándose en fase intermedia de ejecución, recomendándose mantener su proceso en reclusión, puesto que aún se aprecian necesidades de intervención, especialmente en relación al análisis de las consecuencias de sus conductas para terceros, contando con escasa resonancia afectiva, centrándose en sí mismo. Se destaca que el solicitante mantiene pendiente participación en Talleres de su respectivo plan individual

Fundamentos

considerando la Etapa Etaria de Vejez en la que se encuentra. Genera participación activa en las actividades convocadas y a pesar de su deprivacion sociocultural logra asimilar información, las que se enmarcan especialmente en historia delictual y los factores que lo mantienen en ella, entre los que reconoce pares, consumo de drogas y su percepción de autoeficacia. III. Presenta red de apoyo en medio libre: En tanto a nivel familiar, retornaría a domicilio de su pareja con quien se encuentra separado hace un mes, sin embargo, tras entrevista pareja ratifica apoyo. Menciona comunicación con su hermana, quien ha sido su apoyo económico en momentos complejos. Argumentó que la decisión de la Comisión es arbitraria no consideró aquellos elementos del informe psicosocial y los demás antecedentes tenidos a la vista que dan cuenta de que el amparado presenta avances significativos en su proceso de reinserción social, además este informe psicosocial no da cuenta de ningún antecedente categórico que permita orientar sobre factores de riesgo de reincidencia del amparado que impidan reconocer su posibilidad de reinsertarse a la sociedad. Indicó que su representado ha tenido avances en su proceso de reinserción social conforme a la oferta disponible en las unidades penitenciarias en que ha cumplido condena y conforme a la reunión de los requisitos objetivos que estable la normativa, teniendo el derecho el amparado para obtener la libertad condicional. Agregó que la presente Acción de Amparo Constitucional identifica como recurrida a la Comisión de Libertad Condicional, por ser esta quien dictó la Resolución de 3 de abril 2023 que niega la Libertad Condicional a su representado y la situación de vulneración en la cual se encuentra solo puede ser reparada mediante la revocación de dicha Resolución, y que se ordene conceder la Libertad Condicional a Espinoza Romero. Finalmente, solicitó acoger la acción constitucional en todas sus partes, ordenando como medida para reestablecer el imperio del derecho dejar sin efecto la Resolución de fecha 3 de abril 2023 suscrita por la Comisión de Libertad Condicional, por medio de la cual rechazó la Libertad Condicional a su representado, decretando en definitiva que se le conceda dicha libertad de manera inmediata. SEGUNDO: Que, a folio 4, informó don MOISES MUÑOZ CONCHA, en su calidad de Presidente de la Comisión de Libertad Condicional por el año 2023, informó que efectivamente la comisión que presidió, reunida durante la primera quincena del mes de abril del año 2023, tomó la decisión de rechazar la postulación efectuada por el interno José Jaime Espinoza Romero, por no cumplir con lo dispuesto en el artículo 2° números 3 de la Ley N° 21.124, que modificó el Decreto Ley 321, conforme a lo informado por Gendarmería de Chile. Refirió que el rechazo se fundó en la información proporcionada por los informes psicosociales, contenido en la carpeta remitida por Gendarmería de Chile, mediante los cuales se observa que el ampar

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don Max Troncoso Moreno en favor de JOSÉ JAIME ESPINOZA ROMERO en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional el pasado 3 de abril. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 352-2023/Amparo.

Texto Completo (Preview)

Talca, uno de agosto de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 25 de julio del presente año, compareció don MAX TRONCOSO MORENO Defensor Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad Nº 16.225.962-8, domiciliado para estos efectos en calle 3 Oriente N°1326, oficina 5 A, Talca, en favor don JOSÉ JAIME ESPINOZA ROMERO, C.I.N° 9.619.567-2, actualmente cumpliendo

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