7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

LAURA SARA REBOLLEDO RICHANI C/ LAURA JANET HURTADO REBOLLEDO

Rol

Fecha

31 de julio de 2023

Materia

SECUESTRO. ART. 141

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1°) Que el artículo 261 del Código Procesal Penal, dispone que el querellante hasta quince días antes de la fecha fijada para la realización de la audiencia de preparación de juicio oral puede adherirse a la acusación del ministerio público o acusar particularmente, sin que lo hubiere hecho, respecto de la audiencia fijada para el día 29 de junio de dos mil veintitrés. 2°) Que la circunstancia alegada en estrados por el querellante en cuanto a que se habría adherido a la acusación del ministerio público a las 02:00 de la mañana del día 29 de junio no es efectiva, pues consta del sistema informático que a las 02:18:56 la querellante solo presentó un escrito de minuta de prueba, que posteriormente a las 11:25 horas de ese día se declaró abandonada la querella tal como lo dispone el artículo 120 letra a) del Código Procesal Penal; y sólo a las 23:29:31 del día 29 –después de haberse declarado el abandono- se presentó el escrito de adhesión, petición a la que se resolvió que debía estarse a lo resuelto. 3°) Que en las condiciones anotadas, esta Corte comparte la decisión del tribunal a quo, pues la circunstancia de haberse fijado nueva fecha para celebrar la audiencia de preparación de juicio oral, a petición de la defensa, no hace renacer –como lo entiende el querellante- la posibilidad de adherirse a la acusación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se confirman, en lo apelado, las resoluciones de veintinueve y treinta de junio de dos mil veintitrés, dictadas en la causa RIT 14.174-2014 del 7° Juzgado de Garantía de Santiago. Comuníquese. Rol N° 3570-2023

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se confirman, en lo apelado, las resoluciones de veintinueve y treinta de junio de dos mil veintitrés, dictadas en la causa RIT 14.174-2014 del 7° Juzgado de Garantía de Santiago. Comuníquese. Rol N° 3570-2023

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. A los folios 8, 9 y 10: Téngase presente. Vistos: 1°) Que el artículo 261 del Código Procesal Penal, dispone que el querellante hasta quince días antes de la fecha fijada para la realización de la audiencia de preparación de juicio oral puede adherirse a la acusación del ministerio público o acusar particularmente, sin que

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