ANONIMIZADO
Rol
Fecha
31 de julio de 2023
Materia
CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO
Resultado
DIRIMIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que en virtud de lo dispuesto en los artículos 109 y 112 del Código Orgánico de Tribunales, habiendo prevenido en el conocimiento de la causa, y en consideración al artículo 1° de la Ley N° 19.968; se dirime la competencia en el 3° Juzgado de Familia de Santiago. Acordada con la prevención del Fiscal Judicial señor Norambuena Carrillo que estuvo por dirimir atendido que la competencia de territorio corresponde ser alegada sólo por el demandado, cuestión que no hizo luego de ser notificado en autos, y por haberse radicado la causa en el 3° Juzgado de Familia de Santiago por haber...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Que en virtud de lo dispuesto en los artículos 109 y 112 del Código Orgánico de Tribunales, habiendo prevenido en el conocimiento de la causa, y en consideración al artículo 1° de la Ley N° 19.968; se dirime la competencia en el 3° Juzgado de Familia de Santiago. Acordada con la prevención del Fisc
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