ANONIMIZADO
Rol
Fecha
31 de julio de 2023
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, sin perjuicio del cumplimiento que ha realizado el demandado, se revoca, en lo apelado, la resolución de tres de abril del año en curso, dictada por el Juzgado de Puente Alto, en los autos RIT 3058-2022, en cuanto por ella se dispuso el pago del 50% de los gastos médicos de los niños, y, en su lugar, se declara que el alimentario debe pagar el 100% de los referidos...
Fallo
se declara que el alimentario debe pagar el 100% de los referidos...
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que alegaron revocando la abogada Roxana Rodríguez Carrere y confirmando la abogada Paola Plaza Rojas. San Miguel, 31 de julio de 2023. San Miguel, treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, sin perjuicio del cumplimiento que ha realizado el demandado, se
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