ANONIMIZADO
Rol
Fecha
31 de julio de 2023
Materia
ALIMENTOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: 1° Que lo recurrido de apelación en esta causa por la parte demandada es la resolución que resuelve un recurso de reposición denegado sobre un recurso de aclaración, rectificación o enmienda respecto de la resolución que no da lugar a objeción de liquidación de alimentos. 2°. Que el actual texto del artículo 12 de la ley 14.908 en lo pertinente señala: “Para facilitar el cobro ejecutivo de la deuda, la aplicación de un apremio, la inscripción del alimentante en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, o actualizar en dicho Registro el monto de la deuda, los juzgados con competencia en asuntos de familia deberán...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. Visto: 1° Que lo recurrido de apelación en esta causa por la parte demandada es la resolución que resuelve un recurso de reposición denegado sobre un recurso de aclaración, rectificación o enmienda respecto de la resolución que no da lugar a objeción de liquidación de alimentos. 2°. Que el actual texto del artículo 12 de la
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