2º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

MONICA EDITH VILLAGRAN MONTECINOS CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CHIGUAYANTE

Rol

Fecha

31 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y teniendo únicamente presente: Que, tal como lo sostiene la apelante, su parte no se opuso formalmente a la demanda y, asimismo, ha tenido motivo plausible para litigar, atendido su deber legal de defender los intereses fiscales, por lo que conforme al artículo 144 del Código de Procedimiento Civil procede que ella sea liberada de la condena en costas que se le ha impuesto. Por estas consideraciones, se revoca, en lo apelado y sin costas del recurso, la sentencia definitiva de fecha veintiuno de febrero de dos mil veintidós, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Concepción, en la causa Rol C-6152-2019, del ingreso de dicho tribunal en aquella parte que impuso la condena en costas a la Municipalidad demandada y, en su lugar, se declara, que se la libera de ella y que cada parte soportará sus propias costas. Regístrese y devuélvase. Redacción del ministro Camilo Álvarez Órdenes. Rol 754-2023.- Civil

Fallo

Por estas consideraciones, se revoca, en lo apelado y sin costas del recurso, la sentencia definitiva de fecha veintiuno de febrero de dos mil veintidós, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Concepción, en la causa Rol C-6152-2019, del ingreso de dicho tribunal en aquella parte que impuso la condena en costas a la Municipalidad demandada y, en su lugar, se declara, que se la libera de ella y que cada parte soportará sus propias costas. Regístrese y devuélvase. Redacción del ministro Camilo Álvarez Órdenes. Rol 754-2023.- Civil

Texto Completo (Preview)

CGR C.A. de Concepción. Concepción, treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. Visto y teniendo únicamente presente: Que, tal como lo sostiene la apelante, su parte no se opuso formalmente a la demanda y, asimismo, ha tenido motivo plausible para litigar, atendido su deber legal de defender los intereses fiscales, por lo que conforme al artículo 144 del Código de Procedimiento Civil procede q

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