NOVOA NOVAO ARIEL ANDRES/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
31 de julio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Hans Graver del Valle, abogado, en favor de Ariel Andrés Novoa Novoa, actualmente recluido en el Centro de Cumplimiento Penal Colina I, e interpone recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile. Expone que el amparado se encuentra cumpliendo la pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo por dos delitos de robo con intimidación, en causa RIT 184- 2006 de 6° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, registrando como fecha de inicio de la condena el 16 de Mayo de 2006. Sostiene que el Tribunal de Conducta del recinto penal donde el recurrente cumple condena, al analizar los antecedentes del interno debió incluirlo en el Listado de Postulantes a la Libertad Condicional, que se envía a la Comisión respectiva, a fin de que resuelva el otorgamiento de dicho beneficio, lo que no ocurrió a pesar de registrar muy buena conducta desde hace ya más de 12 meses. Señala que tanto el procedimiento de calificación de los requisitos, así como la postulación y otorgamiento de la Libertad Condicional, están regidos por el D.L. N°321 de 1925 que contiene la Ley de Libertad Condicional, y por el decreto N°2442 de 1926, que contiene su Reglamento. Agrega que la modificación de la Ley N°20.931 no puede ser aplicada al caso del amparado, toda vez que su entrada en vigencia ocurrió el 5 de julio de 2016, y la modificación al DL N° 321 fue realizada el 18 de Enero de 2019 mediante Ley N° 21.124, posterior a la fecha de inicio de las condenas del amparado; ello en relación a lo dispuesto en el artículo 18 del Código Penal, artículo 19 N°3 de la Carta Fundamental y artículo 466 del Código Procesal Penal. Denuncia como vulnerada la garantía constitucional consagrada en el numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, ello al no postular al amparado al proceso respectivo, impidiéndole gozar de su libertad, mediante un beneficio que, a pesar del carácter discrecional de su otorgamiento,
Fundamentos
considerando el saldo que resta por cumplir, toda vez que su condena finaliza el 30 de abril de 2029.” Los aspectos antes mencionados demuestran, por ahora, escasas posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por probado avances en su proceso de reinserción social, como lo exige el Decreto Ley N°321." Concluye señalando que la Comisión rechazó el beneficio sobre la base de los antecedentes referidos, los que no permiten hacer uso de la facultad para otorgar el beneficio de la libertad condicional. CUARTO: Que, se acompañó el formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional, en que se indica que el amparado de nacionalidad chilena de 44 años de edad, se encuentra cumpliendo condena de 10 años por el delito de violación, 15 años y un día por el delito de robo con intimidación y 61 días por el delito de falsificación de moneda y otros. Asimismo, consta en el documento, que el amparado inició su condena el 16 de mayo de 2006 y su término se encuentra fijado para el día 30 de mayo de 2029, cumpliendo el tiempo mínimo el 11 de diciembre de 2020. Se señala que tiene un alto compromiso delictual, y no registra beneficios intrapenitenciarios, ni faltas en el registro de faltas y sanciones. QUINTO: Que, el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria, con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, frente a amenazas ilegales al ejercicio de dicha libertad y frente a privaciones, perturbaciones o amenazas a la seguridad individual, sin limitaciones y sin que importe el origen de tales atentados. SEXTO: Que, el artículo 2° del D.L. N.º 321 prescribe que todo aquél que fuere condenado a una pena privativa de libertad de más de un año de duración, “podrá postular al beneficio de la libertad condicional”, siempre que cumpla con los requisitos que enuncia: 1° Haber cumplido -como regla general- la mitad de la condena que se le impuso por sentencia definitiva, o los tiempos establecidos en los artículos 3, 3 bis y 3 ter; 2° Haber observado conducta intachable durante el cumplimiento de la condena; 3° Contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, que, permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. Por su parte, el inciso segundo del artículo 17 del Decreto Supremo N.º 338, publicado en el Diario Oficial el 17 de septiembre del año 2020, señala que "Si la Comisión estimare improcedente conceder la libertad condicional, fundamentará su rechazo en la respectiva resolución". SÉPTIMO: Que, los fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por rechazar la libertad condicional del amparado, tienen relación con que el p
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso interpuesto en favor de Ariel Andrés Novoa Novoa, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1837-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Hans Graver del Valle, abogado, en favor de Ariel Andrés Novoa Novoa, actualmente recluido en el Centro de Cumplimiento Penal Colina I, e interpone recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile. Expone que el amparado se encuentra cumpliendo la pena de 15 años y un d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica