QUIROZ/MUNICIPALIDAD DE TEODORO SCHMIDT
Rol
45535-2022
Fecha
1 de agosto de 2022
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos autos sobre juicio ordinario de indemnización de perjuicios por falta de servicio, caratulados “Alejandra Quiroz Peña con Municipalidad de Teodoro Schmidt”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo interpuesto por la demandada en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco, que confirmó la resolución dictada por el a quo que desestimó el incidente de abandono del procedimiento. Segundo: Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que el recurso de casación en el fondo tiene lugar contra sentencias definitivas inapelables y contra decisiones interlocutorias también inapelables, en lo que interesa para la actual situación, cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación dictadas por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan emitido con contravención de ley que haya influido substancialmente en lo dispositivo de lo resuelto. Tercero: Que, la resolución que no hace lugar al abandono del procedimiento, claramente, no comparte la naturaleza jurídica de las resoluciones que hacen procedente el recurso en estudio, toda vez que no es una sentencia definitiva, como tampoco es una sentencia interlocutoria que ponga término al juicio o haga imposible su continuación. En efecto, una sentencia interlocutoria “pone término al juicio” en aquellos casos en que se pronuncia acerca de las formas anormales de terminación del proceso, situación en que se encuentra la que, por ejemplo, acoge el desistimiento de la demanda. Es decir, constituye un pronunciamiento que termina el pleito, impidiendo plantear otros procesos con el mismo objeto. A su vez “hacen imposible su continuación” las sentencias interlocutorias que impiden seguir el procedimiento en curso, sin perjuicio de poder iniciar otro proceso con idéntico objeto, situación en la que se halla la resolución que acoge el aba
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 764, 767, 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto en lo principal de la presentación de fecha cinco de julio del año dos mil veintidós, en contra de la sentencia de veinte de junio del mismo año. Regístrese y devuélvase. Rol N° 45.535-2022.
Texto Completo (Preview)
1 Santiago, uno de agosto de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos autos sobre juicio ordinario de indemnización de perjuicios por falta de servicio, caratulados “Alejandra Quiroz Peña con Municipalidad de Teodoro Schmidt”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fon
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