SIN INFORMACION

MARCOS ALEJANDRO MUÑOZ GUTIERREZ /DECIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

31 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que la defensora pública penitenciaria doña Marcela Tapia Silva deduce acción de amparo constitucional en representación de Marcos Alejandro Muñoz Gutiérrez, en contra de la juez doña María Carolina Salinas Hernández del 10° Juzgado de Garantía de Santiago, quien por resolución de 19 de julio último rechazó la solicitud de abono heterogéneo, afectando su libertad individual por cuanto de haber considerado el abono al que se refiere, la pena que está cumpliendo hubiese disminuido. Expone que la persona en cuyo favor recurre, se encuentra actualmente cumpliendo la pena de 5 años y un día como autor de dos delitos de robo con violencia, dictada por el tribunal recurrido, en la causa RIT 645-2018, RUC Nº1700921610-3, en el Complejo Penitenciario de Valdivia y registra como fecha de término de condena el 15 de diciembre del presente año. Explica que en causa RUC N°1300655158-5, RIT 4677-2013 del 15° Juzgado de Garantía de Santiago, el recurrente, siendo adolescente, fue condenado como autor del delito consumado de robo con intimidación a cumplir una pena de 3 años de permanencia en libertad asistida especial bajo el control del Sename y en la sentencia de 4 de diciembre de 2013 se estableció que “se considerará como abono para el evento de sustitución por una pena privativa de libertad, los días que el imputado ha permanecido privado de libertad en la presente causa, en forma ininterrumpida desde el 23 de agosto de 2013 al 03 de diciembre de 2013, ambas fechas inclusive”, periodo equivalente a 103 días”. Indica que en la referida causa seguida ante el 15° Juzgado de Garantía de Santiago se certificó el 7 de febrero del año en curso por el ministro de fe del tribunal lo siguiente: “con fecha 15 de enero de 2014 se aprueba el plan de intervención RPA […] en junio de 2014 se emite el primer informe de avance de libertad asistida especial por parte de la Corporación Opción, donde consta que el adolescente dio inicio a la sanción con fe

Fundamentos

considerando 5º). Décimo: Que, atendida la fecha de ocurrencia de los hechos en las causas de que se trata, no resulta posible, aun teóricamente, su agrupación o sustanciación conjunta, puesto que la causa que motiva la solicitud de abono quedó afinada con antelación a la perpetración del delito que dio origen a la condena a la que se pretende adicionar el tiempo de privación de libertad que registra en el litigio anterior. Undécimo: Que, según se ha razonado, la decisión de la Jueza de la causa que desestimó el abono heterogéneo impetrado por la defensa del sentenciado de Marcos Alejandro Muñoz Gutiérrez resulta ajustada a la normativa que la rige, por lo que no puede tildarse de ilegal la resolución impugnada habiendo sido, además, dictada por el tribunal dentro de sus facultades legales en un caso previsto en la ley y debidamente justificada, lo que impide que este recurso puede prosperar. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Marcos Alejandro Muñoz Gutiérrez en contra del Décimo Juzgado de Garantía de Santiago. Regístrese, comuníquese, y en su oportunidad, archívese. Nº 561-2023 Amparo.

Texto Completo (Preview)

CERTIFICO: Que se anunciaron, escucharon relación y alegaron por el recurso la abogado señora Marcela Tapia y contra el recurso la abogado señora María Natalia Soto. San Miguel, 31 de julio de 2023. Florencia Sáez, Relatora. (Hora de inicio 09:48 am – Hora de término 10:07 am). San Miguel, treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. Al escrito de folio 10: Téngase presente. Vistos y teniendo

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