JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

MP. C/ ALEJANDRO ESTEBAN CALFUQUEO ACUÑA. QTES: BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES (BCI) BRINK

Rol

Fecha

29 de julio de 2023

Materia

HURTO AGRAVADO (ART. 447 CODIGO PENAL)

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el cual fue formalizada la investigación, y se estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,

Fundamentos

considerando la gravedad de la pena asignada al delito, carácter del mismo, bien jurídico protegido, forma de comisión y pena probable, todo lo cual torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de veinte de julio del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la prisión preventiva del imputado Alejandro Esteban Calfuqueo Acuña. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 2268-2023 Penal.

Texto Completo (Preview)

En San Miguel, a veintinueve de julio de dos mil veintitrés. Sala: Tercera Sala Rol: 2268-2023 Penal Ruc: 2300757900-4 RIT: 5896-2023 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto. Integrantes: Ministras señora Sylvia Pizarro Barahona y señora Liliana Mera Muñoz y Abogado Integrante señor Adelio Misseroni Raddatz Relator: Emil Ibarra Sáez Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Rodrigo Peña

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